JurisprudenciaARG
Primera Instancia

FONTANINI, JORGE LUIS c/ ANSES s/PENSIONES

El actor reclamó el beneficio de veterano de guerra de Malvinas previsto en la Ley 27.329 contra la ANSES, que lo había denegado tras un extenso trámite administrativo. El Juzgado hizo lugar a la demanda, revocó el acto administrativo, ordenó liquidar la pensión con retroactivos e intereses y declaró inconstitucional el art. 3 del Decreto 157/2018 en materia de costas.

Fecha de la sentencia
Tribunal
JUZGADO FEDERAL DE PARANÁ 2 - SECRETARIA CIVIL Y COMERCIAL 1
Fuero
FEDERAL DE PARANÁ
Jurisdicción
Federal · Entre Rios
Expediente
FPA 005498/2022
Veterano de guerra de malvinas Ley 27.329 Ex soldado combatiente Pension previsional Exceso reglamentario Prescripcion Intereses tasa pasiva Costas Inconstitucionalidad Decreto 157/2018.

¿Quién es el actor?

Jorge Luis Fontanini.

¿A quién se demanda?

Administración Nacional de la Seguridad Social (ANSES).

¿Cuál es el objeto del reclamo?

Impugnación de la resolución COM-A 11588/21 de la ANSES y reconocimiento del beneficio de veterano de guerra de Malvinas, en carácter de ex soldado combatiente, conforme la Ley 27.329, con liquidación desde el inicio del trámite, intereses y costas.

¿Qué se resolvió?

Se hizo lugar a la demanda, se revocó el acto administrativo cuestionado y se ordenó a la ANSES liquidar el beneficio de pensión ley 27.329 al actor, con pago de haberes retroactivos y con más intereses conforme la tasa pasiva del Banco Central de la República Argentina, a partir de que cada período se haya devengado y hasta su efectivo pago. Se declaró la inconstitucionalidad del art. 3 del Decreto 157/2018 y se impusieron las costas a la demandada. Se difirió la regulación de honorarios.

¿Cuáles son los fundamentos principales?

"Que se observa de la prueba obrante en autos que el actor cumplía los requisitos exigidos por la norma, sin embargo, la Administración sometió al administrado a un periplo interminable, por aplicación de una circular interna de ANSES que nada tiene que ver con la intención del legislador de establecer un reconocimiento y reivindicación a los ex combatientes."

"Imponer mayores requisitos que los establecidos en la norma para acceder al cobro del beneficio previsional en cuestión, importa un exceso que altera la previsión legal de la ley 27329."

"Se observa una reticencia de la demandada al otorgamiento del beneficio solicitado primero, y a la pronta respuesta de los reclamos posteriores, requiriéndosele cumplir con requisitos interminables e inaccesibles, no previstos en la norma que rige el otorgamiento del beneficio en cuestión, colocando de esa forma al administrado, en un laberinto burocrático interminable y de difícil solución."

Respecto de la prescripción, se hizo lugar a la defensa opuesta por los términos que excedan los dos años previos al último reclamo administrativo efectuado o a la interposición de la demanda, conforme el art. 82 de la ley 18.037 (T.O. 1976).

En materia de costas, se declaró la inconstitucionalidad del art. 3 del Decreto 157/2018 por haber sido dictado como decreto de necesidad y urgencia sin demostrarse una situación de tal gravedad que impidiera seguir el trámite ordinario de sanción de leyes, siguiendo el precedente "Morales, Blanca Azucena c/ ANSES" y el dictamen del Procurador General. Se recuperó la vigencia del art. 36 de la Ley 27.423 y se impusieron las costas a la ANSES, con el objeto de brindar mayor protección a los beneficiarios del sistema de seguridad social.

Normas que cita

  • Ley 27.329arts. 1, 17 · Regimen previsional especial de caracter excepcional
  • Ley 24.241art. 17 · Sistema integrado de jubilaciones y pensiones
  • Decreto 2634/90art. 1
  • Ley 18.037art. 82 · Nuevo regimen de jubilaciones y pensiones
  • Decreto 157/2018art. 3
  • Ley 27.423art. 36 · Honorarios profesionales de abogados, procuradores y auxiliares de la justicia
  • Ley 24.463art. 21 · Solidaridad previsional
  • Resolución 296/93
  • Resolución COM-A 11588/21

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