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Primera Instancia

ARIAS, SANDRA ELIZABETH c/ EMMESOL S.A. s/DESPIDO

La actora reclamó la registración de su relación laboral, diferencias salariales y rubros indemnizatorios tras considerarse despedida por injuria patronal. El Juzgado hizo lugar a la demanda por aplicación de la presunción del art. 55 LCT ante la falta de exhibición de documentación laboral y condenó a EMMESOL S.A. al pago de $195.724 más intereses.

Fecha de la sentencia
Tribunal
JUZGADO NACIONAL DE 1RA INSTANCIA DEL TRABAJO NRO. 69
Fuero
NACIONAL DEL TRABAJO
Jurisdicción
Nacional · Ciudad de Buenos Aires
Expediente
CNT 017117/2019
Despido indirecto Injuria laboral Art. 242 lct Presuncion art. 55 lct Registracion irregular Remuneracion convencional Cct 281/96 Indemnizacion art. 2 ley 25.323 Indemnizacion art. 45 ley 25.345 Certificado de trabajo.

¿Quién es el actor?

ARIAS SANDRA ELIZABETH.

¿A quién se demanda?

EMMESOL S.A.

¿Cuál es el objeto del reclamo?

cobro de diferencias salariales, indemnización por antigüedad, indemnización sustitutiva de preaviso, SAC proporcional y sobre preaviso, vacaciones proporcionales y SAC sobre vacaciones, remuneraciones adeudadas de julio, agosto y septiembre, e indemnizaciones de los arts. 2º de la ley 25.323 y 45 de la ley 25.345, todo ello fundado en una relación laboral registrada irregularmente y en el despido indirecto.

¿Qué se resolvió?

el Tribunal hizo lugar a la demanda y condenó a EMMESOL S.A. a pagar a la actora la suma de $195.724, con más intereses conforme el art. 55 de la ley 27.802 desde el 22/10/2018 hasta el pago efectivo. También la condenó a entregar el certificado de trabajo y la certificación de servicios y remuneraciones de ANSES, bajo apercibimiento de astreintes. Rechazó el reclamo fundado en la ley 24.013 por falta de acreditación de la comunicación a la AFIP. Impuso las costas a la demandada vencida y reguló honorarios.

¿Cuáles son los fundamentos principales?

"Toda vez que resulta un hecho no controvertido que el vínculo se extinguió el 22/10/2018 cuando la actora procedió a considerarse despedida, por lo que corre con la carga de acreditar las causales invocadas para extinguir el vínculo laboral y, en su caso, que las mismas constituyeron injuria suficiente en los términos del art. 242 de la L.C.T."

"En la etapa probatoria se intimó a Emmesol S.A. a exhibir libros laborales art. 52 LCT, recibos, planillas horarias y documentación ante el incumplimiento de la demandada por auto del 03/02/23 se hizo efectivo el apercibimiento y se tiene por configurada la presunción del art. 55 LCT."

"Dicha presunción legal no ha sido desvirtuada por prueba en contrario, ya que la demandada no produjo prueba alguna que acredite la fecha de ingreso que invoca ni la registración que alega. Por ello, la decisión de la actora al considerarse despedida resulta ajustada a derecho conforme lo dispuesto por el art. 242 LCT con la consecuente responsabilidad indemnizatoria."

"Sin perjuicio de lo resuelto no procederá el reclamo fundado en la ley 24.013 ya que no acreditó el cumplimiento del requisito formal de la comunicación a la AFIP."

"Atento lo resuelto en el considerando I) y la irregularidad registral en la que se encontraba la actora, habré de tomar como base la remuneración denunciada en el inicio $ 18.238."

Normas que cita

  • Ley 24.013Ley de empleo
  • Ley 25.323art. 2 · Contrato de trabajo
  • Ley 25.345art. 45 · Prevencion de la evasion fiscal
  • Ley 27.802art. 55 · Ley de modernizacion laboral
  • Ley 18.345art. 132 · Organizacion y procedimiento
  • Ley 27.423arts. 15, 16, 21, 51 · Honorarios profesionales de abogados, procuradores y auxiliares de la justicia
  • CPCCNarts. 377, 386, 68 · Codigo procesal civil y comercial de la nacion
  • CCyCNarts. 804, 1255 · Codigo civil y comercial de la nacion
  • CCT 281/96
  • Acordada 3/2023
  • Resolución 27
  • Ley 20.744

Fallos que cita

  • Compañía General de Combustibles S.A.CSJN · 16/04/1993

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