JurisprudenciaARG
Cámara de Apelaciones

KITELA, RUBEN MARTIN c/ EXPERTA ART S.A. s/RECURSO LEY 27348

El actor promovió demanda por accidente de trabajo contra una aseguradora de riesgos del trabajo, con reclamo de indemnización por incapacidad laboral. La Cámara confirmó la incapacidad psíquica reconocida en primera instancia y modificó el régimen de accesorios, disponiendo que los intereses se calculen según la tasa RIPTE conforme al decreto 669/2019 y, sólo en caso de mora, según la tasa activa del Banco Nación.

Fecha de la sentencia
Tribunal
CÁMARA NACIONAL DE APELACIONES DEL TRABAJO - SALA X
Fuero
NACIONAL DEL TRABAJO
Jurisdicción
Nacional · Ciudad de Buenos Aires
Expediente
CNT 037968/2023/CA001
Accidente de trabajo Incapacidad laboral permanente Art Intereses Decreto 669/2019 Tasa ripte Tasa activa banco nacion Licuacion del credito Incapacidad psiquica Recurso de apelacion.

¿Quién es el actor?

Rubén Martín Kitela.

¿A quién se demanda?

Experta ART S.A.

¿Cuál es el objeto del reclamo?

reparación dineraria por incapacidad laboral derivada de un accidente de trabajo ocurrido el 28/07/2022, incluyendo incapacidad física (disminución de agudeza visual en ojo izquierdo) y psíquica.

¿Qué se resolvió?

la Cámara modificó la sentencia apelada en cuanto a los accesorios, disponiendo que al monto nominal de condena se apliquen los intereses fijados en el considerando IV del voto (tasa RIPTE desde el siniestro hasta la liquidación, y tasa activa del Banco Nación sólo en caso de mora, con capitalización semestral). Confirmó la incapacidad psíquica reconocida, la fecha de inicio del cómputo de intereses (28/07/2022) y los honorarios de primera instancia. Impuso las costas de Alzada a la demandada y reguló honorarios del 30% para cada parte por la actuación en esta instancia.

¿Cuáles son los fundamentos principales?

"...el memorial de la demandada no satisface los mencionados recaudos, pues las alegaciones que formula solo trasuntan manifestaciones genéricas de disconformidad con la sentencia, sin incorporar ningún elemento que justifique apartarse de la valoración realizada en la instancia anterior, por lo que los reparos se reducen a una mera discrepancia..."

"...cabe entender que, más allá de las controversias suscitadas en torno a la constitucionalidad del decreto 669/2019, como a la naturaleza que ha adquirido el mismo (de DNU a normativa delegada a la luz del art. 11.3 de la LRT), lo cierto es que el paso del tiempo ha transformado al decreto en una herramienta que ha mejorado el cálculo de los accesorios relativos a las prestaciones del sistema, quedando como una norma de integración."

"...resulta pertinente concluir que el decreto 669/2019 se aproxima en sus efectos a una disposición integradora del sistema, que por su art. 3°, en juego armónico con el art. 20 de la ley 27.348, alcanza a las contingencias acaecidas desde la entrada en vigencia desde esta última ley."

"...la resolución Nro. 1039/2019, implicaría un evidente exceso reglamentario..."

Normas que cita

  • Ley 24.557arts. 1, 2, 3, 12, 11 · Ley de riesgos del trabajo
  • Ley 26.773arts. 1, 2 · Riesgos del trabajo
  • Ley 27.348art. 20 · Riesgos del trabajo
  • Decreto 669/2019art. 12
  • Ley 26.856art. 1 · Justicia
  • CPCCNarts. 265, 277, 386, 477, 68 · Codigo procesal civil y comercial de la nacion
  • CCyCNart. 770 · Codigo civil y comercial de la nacion
  • Constitución Nacionalart. 17
  • Resolución SSN 1039/2019
  • Acordada CSJN 15/2013

Fallos que cita

  • Sáez c/ Industria Plástica YasbanCSJN · 22/10/1996
  • Coria Hernán Rodrigo Oscar c/ Galeno ARTCNAT Sala X · 19/02/2018
  • La Iacona Juan Manuel c/ Provincia ARTCNAT Sala IV · 21/09/2023
  • Fallos 312:587CSJN

Más jurisprudencia sobre

El resumen se genera automáticamente con fines informativos: no es información oficial ni opinión legal, y no reemplaza la lectura del fallo completo. Para cualquier decisión, consultá la sentencia original con un profesional.

Encontrá la jurisprudencia para tu caso

Buscá en los fallos de JurisprudenciaARG por tema, tribunal y fecha. Creá tu cuenta para empezar.