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Primera Instancia

PERRONE GABRIELA MARIA c/ ANSES s/AMPAROS Y SUMARISIMOS

La actora, jubilada docente, promovió amparo contra la ANSES para que se declare inaplicable el tope del artículo 9 de la ley 24.463 sobre su haber previsional y se le reintegren los descuentos realizados. El Juzgado hizo lugar a la demanda, declaró inaplicable el artículo 9 de la ley 24.463 sobre el beneficio de la actora y ordenó a la ANSES liquidar y abonar el retroactivo.

Fecha de la sentencia
Tribunal
JUZGADO FEDERAL DE LA SEGURIDAD SOCIAL 4
Fuero
FEDERAL DE SEGURIDAD SOCIAL
Jurisdicción
Federal · Ciudad de Buenos Aires
Expediente
CSS 021376/2026
Amparo previsional Tope previsional Articulo 9 ley 24.463 Jubilacion docente Decreto 137/2005 Principio de igualdad Impuesto a las ganancias Haber previsional Retroactivo Prescripcion.

¿Quién es el actor?

PERRONE GABRIELA MARIA.

¿A quién se demanda?

Administración Nacional de la Seguridad Social (ANSES).

¿Cuál es el objeto del reclamo?

declaración de inconstitucionalidad de la Circular ANSES Prev 05-0819, o cualquier norma que disponga la aplicación del descuento del artículo 9 de la ley 24.463 sobre el haber previsional de jubilada docente, y reintegro de las sumas descontadas, sin retención de ganancias y con intereses.

¿Qué se resolvió?

el Tribunal hizo lugar a la demanda, declaró la inconstitucionalidad e inaplicabilidad del artículo 9 de la ley 24.463 respecto del beneficio de la actora, ordenó a la ANSES abstenerse de aplicar el tope y reintegrar los montos retenidos, dispuso que no se efectúen retenciones de Impuesto a las Ganancias sobre el haber ni sobre el retroactivo, impuso las costas a la demandada y difirió la regulación de honorarios para la etapa de ejecución.

¿Cuáles son los fundamentos principales?

"no es posible considerar válido sostener en el universo de jubilados docentes la aplicación de la escala de deducción y del tope máximo previsional previstos en el artículo 9 incisos 2 y 3, respectivamente de la ley 24.463 según su beneficio fue otorgado conforme la ley 24016 o conforme la ley 24.241 + el Decreto 137/2005, sin alterarse injustamente el principio de igualdad garantizado por el artículo 16 de la Constitución Nacional." Respecto del Impuesto a las Ganancias, se sostuvo que "hasta que el Congreso Nacional legisle sobre el punto (y habiendo sido tal alternativa considerada en el fallo mencionado), no podrá retenerse suma alguna en concepto de impuesto a las ganancias a la prestación previsional de la parte actora", con remisión a "García María Isabel c/ AFIP". Sobre el retroactivo: "No corresponde afectar impositivamente el saldo retroactivo percibido en concepto de diferencias por prestaciones previsionales mal abonadas." Se aclaró que la prescripción se analiza desde los dos años previos a la demanda, y los intereses se liquidan según la tasa pasiva promedio mensual del Banco Central.

Normas que cita

  • Ley 24.463art. 9 · Solidaridad previsional
  • Ley 24.241Sistema integrado de jubilaciones y pensiones
  • Decreto 137/2005
  • Ley 24.016Docentes
  • Ley 20.628art. 79 · Impuestos a las ganancias
  • Ley 27.346Impuesto a las ganancias, iva y regimen simplificado para pequeños contribuyentes
  • Ley 16.986art. 8 · Amparo
  • Ley 18.037art. 82 · Nuevo regimen de jubilaciones y pensiones
  • Ley 27.423Honorarios profesionales de abogados, procuradores y auxiliares de la justicia
  • Constitución Nacionalarts. 16, 4, 17, 75

Fallos que cita

  • García María Isabel c/ AFIPCSJN · 26/03/2019
  • Spitale, Josefa Elida c/ AnsesCSJN · 14/09/2004
  • Bayer S.A.CSJN · Fallos 340:1480
  • Harriet y Donnelly S.A. c/ ChacoCSJN · 31/10/2017
  • Villalba, Silvina ElizabethCFSS Sala I
  • Rubio, Mónica LilianaCFSS Sala I
  • Rodríguez, Raúl AlejandroCFSS Sala II
  • Daino, Sandra RossanaCFSS Sala II
  • Galarza, María ElenaCFSS Sala III
  • Vicente, Elisa Nélida c/ AnsesCFSS Sala II · 26/02/2010
  • Calderón Carlos Héctor c/ AnsesJFSS · 12/06/2017
  • Capra Bruno Gualterio CesareCFSS Sala I · 22/09/2020

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