JurisprudenciaARG
Cámara de Apelaciones

LEPE DAVID AMADO Y OTRO c/ GENDARMERIA NACIONAL s/PERSONAL MILITAR Y CIVIL DE LAS FFAA Y DE SEG

Los retirados y pensionados de Gendarmería Nacional reclamaron la inconstitucionalidad del DNU 679/97, que elevó del 8% al 11% el aporte previsional, y la devolución de lo descontado. La Cámara Federal de la Seguridad Social confirmó la declaración de inconstitucionalidad y la devolución de las diferencias, y sólo revocó parcialmente el modo de cumplimiento, ordenando a la demandada prever el pago en el presupuesto conforme a la normativa de consolidación de deudas del Estado.

Fecha de la sentencia
Tribunal
CAMARA FEDERAL DE LA SEGURIDAD SOCIAL - SALA 1 - OFICINA MILITARES
Fuero
FEDERAL DE SEGURIDAD SOCIAL
Jurisdicción
Federal · Ciudad de Buenos Aires
Expediente
CSS 018732/2024/CA001
Aporte previsional Gendarmeria nacional Decreto 679/97 Decreto de necesidad y urgencia Inconstitucionalidad Reintegro de descuentos Prescripcion Consolidacion de deudas del estado Cumplimiento de sentencia Seguridad social.

¿Quién es el actor?

David Amado Lepe y otro.

¿A quién se demanda?

Gendarmería Nacional y Caja de Retiros, Jubilaciones y Pensiones de la Policía Federal.

¿Cuál es el objeto del reclamo?

declaración de inconstitucionalidad del decreto 679/97, cese del descuento del aporte del 11% y reintegro de lo descontado.

¿Qué se resolvió?

la Cámara declaró formalmente admisibles ambos recursos; confirmó la declaración de inconstitucionalidad del DNU 679/97 y la devolución de las diferencias retenidas; desestimó el agravio sobre prescripción (la excepción había sido tenida por extemporánea); confirmó la imposición de costas en primera instancia; y revocó parcialmente el plazo y forma de cumplimiento, debiendo la demandada prever la partida presupuestaria y acreditarla en la causa conforme al art. 22 de la ley 23.982 y art. 170 de la ley 11.672 (decreto 740/2014). Impuso las costas de alzada a la demandada vencida y reguló honorarios de la dirección letrada de la parte actora en el 30% de lo determinado en la instancia anterior.

¿Cuáles son los fundamentos principales?

"...corresponde confirmar la declaración de inconstitucionalidad del DNU 679/97 que elevó el aporte previsional del 8% al 11% y la devolución de las diferencias de las sumas retenidas por tal concepto."

"Cabe recordar que las normas de consolidación son de orden público (Fallos: 319:2931; 326:1637) y, por ello, deben ser aplicadas por los jueces en cualquier estado del proceso y aun de oficio, sin que medie petición alguna de las partes (Fallos: 317:1342 y 329:1715)."

"...corresponde confirmarlas en virtud al principio objetivo de la derrota (art. 68 del CPCCN)."

Para fundar la inconstitucionalidad, el Tribunal siguió la doctrina de la CSJN en "Pino, Seberino y otros" (7/10/2021): los fundamentos del Poder Ejecutivo no respondían a una situación de rigurosa excepcionalidad y urgencia, sino a una modificación permanente, sin recorrer el cauce ordinario previsto por la Constitución (Fallos: 322:1726 "Verrocchi").

Normas que cita

  • Ley 22.788Gendarmeria nacional
  • Decreto 679/97
  • Ley 23.982art. 22 · Deuda publica
  • Ley 11.672art. 170 · Permanente de presupuesto
  • Decreto 740/2014
  • Ley 27.423art. 30 · Honorarios profesionales de abogados, procuradores y auxiliares de la justicia
  • CCyCNart. 2553 · Codigo civil y comercial de la nacion
  • CPCCNart. 68 · Codigo procesal civil y comercial de la nacion
  • Constitución Nacionalart. 14 bis

Fallos que cita

  • Pino, Seberino y otros c/ Estado NacionalCSJN · 07/10/2021
  • VerrocchiCSJN · Fallos 322:1726
  • Fallos 319:2931CSJN
  • Fallos 326:1637CSJN
  • Fallos 317:1342CSJN
  • Fallos 329:1715CSJN

Más jurisprudencia sobre

El resumen se genera automáticamente con fines informativos: no es información oficial ni opinión legal, y no reemplaza la lectura del fallo completo. Para cualquier decisión, consultá la sentencia original con un profesional.

Encontrá la jurisprudencia para tu caso

Buscá en los fallos de JurisprudenciaARG por tema, tribunal y fecha. Creá tu cuenta para empezar.