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Cámara de Apelaciones

INCIDENTE DE APELACION EN AUTOS PROYECTO MITRE S.R.L Y OTROS SOBRE 4.1.22 - EXHIBICION DE DOCUMENTACION OBLIGATORIA

La Fiscalía recurrió la absolución de Proyecto Mitre SRL en un proceso contravencional por no exhibir el remito actualizado de recolección de fracción húmeda (art. 4.1.22, ley 451), alegando que la infracción se consumó con la sola omisión en la inspección. La Sala I confirmó la absolución, al entender que la documentación presentada en la audiencia desvirtuó la presunción del acta de comprobación, sin que el juez haya sustituido la sanción legal por una valoración de gravedad.

Fecha de la sentencia
Tribunal
CÁMARA DE CASACIÓN Y APELACIONES PCYF CABA
Fuero
PENAL, CONTRAVENCIONAL Y DE FALTAS (CABA)
Jurisdicción
Local · Ciudad de Buenos Aires
Expediente
71119-2026-1
Contravencional Exhibicion de documentacion obligatoria Art. 4.1.22 ley 451 Presuncion iuris tantum acta de comprobacion Ley 1217 Valoracion de la prueba Recurso de apelacion fiscal Absolucion Residuos Gestion de fraccion humeda.

Demandante (actor): Ministerio Público Fiscal (Fiscalía de grado y Fiscal de Cámara Dra. Sandra Verónica Guagnino). La acción se originó en el acta de comprobación n° 601106699 de la Dirección General de Fiscalización y Control.

Demandado (imputado): Proyecto Mitre SRL (CUIT 30717553701), representada por la apoderada Sra. Zoraya Josefina Morales Bohórquez.

¿Cuál es el objeto del reclamo?

infracción al art. 4.1.22 de la ley 451 por no exhibir el "remito actualizado de recolección de fracción húmeda", constatada el 15/12/2025. En sede administrativa se impuso multa de trescientas (300) unidades fijas.

¿Qué se resolvió?

el juez PCyF N° 11 absolvió a la firma el 12/6/2026 porque la documentación fue presentada en la audiencia de juicio. La Cámara, por mayoría de sus integrantes (Dres. Vázquez y Marum), confirmó la absolución y rechazó el recurso de la Fiscalía; tuvo presentes las reservas.

¿Cuáles son los fundamentos principales?

"...el art. 5 de la ley 1217 establece una presunción que, conforme se ha sostenido reviste carácter iuris tantum y, por tanto, admite prueba en contrario." Cita del TSJ (voto del Dr. Luis F. Lozano, Expte. n° 16046/18): "Satisfecho el art. 3, la norma fija una presunción, suficiente para sancionar la conducta descrita, para cuyo abandono es menester prueba que la desvirtúe, no necesariamente hasta demostrar su falsedad, pero sí su inverosimilitud".

"...no se advierte que el juez de grado haya desconocido el valor probatorio del acta ni que haya dejado de aplicar la normativa invocada por la Fiscalía, sino que el a quo al valorar la prueba producida durante el debate... entendió que ella permitía controvertir las circunstancias que le habían dado sustento al labrado del acta de infracción."

Se incorporaron dos manifiestos de transporte de residuos (n° 258667 y 258669), ambos del 15/12/2025, coincidentes con la fecha del acta.

"...el Magistrado no graduó ni morigeró una sanción que considerara aplicable, sino que, a partir de la prueba incorporada al debate, concluyó que correspondía absolver a la firma..."

"...los agravios de la Fiscalía evidencian una discrepancia con la valoración probatoria efectuada por el juez de grado, pero no logran demostrar que la decisión no se encuentre debidamente fundada..."

Normas que cita

  • Ley 451 (Caba)art. 4.1.22
  • Ley 1217 (Caba)arts. 5, 3, 57, 58

Fallos que cita

  • Ministerio Público —Fiscalía de Cámara Sur de la CABA— s/ queja por recurso de inconstitucionalidad denegado en: 'Rivera, Juan Esteban s/ art. 4.1.3'TSJ CABA · 30/10/2019
  • Plaza Logistica SRL s/ inf. Art. 4.1.1.2 – Habilitación en InfracciónCABA Sala I · 05/05/2021
  • Rodríguez, Carlos Damián s/art. 6.1.47 ley 451CABA Sala I · 02/07/2024
  • Franze, Jorge Luis sobre 6.1.94 ley 451CABA Sala I · 18/06/2025
  • Sandoval Aparicio Jhony s/ 6.1.94CABA Sala I · 29/08/2025
  • Telmex Argentina SA s/ 2.1.15 Cierre defectuosoCABA Sala I · 15/04/2026

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