INCIDENTE DE APELACION EN AUTOS M, S. G SOBRE 189 BIS (2) - TENENCIA DE ARMA DE FUEGO DE USO CIVIL
La Asesoría Tutelar y la Defensa Oficial apelaron la imposición de una internación involuntaria como medida de seguridad (art. 34, inc. 1°, CP) a S. G. M, declarado inimputable, sosteniendo que correspondía el control del fuero civil bajo la Ley 26.657. La Sala II de la Cámara de Casación y Apelaciones en lo Penal, Penal Juvenil, Contravencional y de Faltas confirmó la medida, con mayoría de dos votos, al considerar que la situación de riesgo cierto e inminente justificaba la intervención urgente del fuero penal, sin perjuicio de que el control posterior corresponda a la justicia civil.
Demandante/Actor: Asesoría Tutelar PCyF N° 1 (Dra. Paula Vaca) y Defensoría PCyF N° 18 (Dr. Tomás Ibarrola), en representación de S. G. M.
Demandado/Parte contraria: Ministerio Público Fiscal, que solicitó la medida de seguridad.
¿Cuál es el objeto del reclamo?
Revocación de la medida de seguridad de internación involuntaria por dos meses dispuesta por la jueza penal, y remisión del control de la internación al fuero civil conforme la Ley 26.657.
¿Qué se resolvió?
CONFIRMAR la resolución del 7 de agosto de 2026 de la Dra. María Julia Correa (Juzgado PCyF N° 4), que impuso la internación involuntaria como medida de seguridad hasta el 5 de octubre de 2026. Se fundamentó en la existencia de riesgo cierto e inminente acreditado por los informes del CIJ, del Hospital Torcuato de Alvear y de la Dirección de Medicina Forense, y en la situación de urgencia. Se sostiene que el fuero civil es el más apto para el control posterior y que, mientras tanto, el juez penal puede intervenir por razones de urgencia. Se hace notar que el Juzgado Civil N° 4 ya había resuelto que el fuero penal mantuviera el control jurisdiccional de la medida para evitar dispendio jurisdiccional y resoluciones contradictorias. Cabe señalar que la mayoría también consideró que la medida es limitada en el tiempo, revisable y terapéutica.
¿Cómo votaron los jueces?
Entendió que la intervención de la auxiliar fiscal era nula por no contar con acuerdo legislativo ni propuesta del Consejo de la Magistratura. Consideró además que la decisión debió adoptarse en audiencia con inmediación, y que la medida era desproporcionada respecto de la pena que hubiera correspondido de ser imputable, por lo que propició revocarla y remitir el control al fuero civil.
¿Cuáles son los fundamentos principales?
"Con el dictado de la Ley de Salud Mental (ley Nº 26.657) se buscó responder a la necesidad de adecuar la normativa nacional a los estándares internacionales de derechos humanos en la materia..."
"...resulta aconsejable que, cuando en el marco de un proceso penal se declara la inimputabilidad del encartado en razón de una afección psíquica con riesgo cierto e inminente para sí o para terceros, sea el juez civil el que se expida sobre la convalidación o no de la internación involuntaria dispuesta por el equipo médico o; en su caso, quien la ordene..., sin que ello impida -por motivos de urgencia- la misma intervención por parte del juez penal, hasta tanto tome efectiva intervención el magistrado del fuero civil."
"...la a quo se encontraba frente a una situación de urgencia en la que resultaba razonable y justificado disponer una medida que implicara la internación involuntaria de M."
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Normas que cita
- Ley 26.657arts. 1, 2, 7, 14, 20, 21, 23 · Salud publica
- CPPCABA (ley 6347) (Caba)arts. 292, 295, 341, 342
- CCyCNarts. 41, 42 · Codigo civil y comercial de la nacion
- CC (Caba)art. 103
- Ley 448 (Caba)arts. 36, 37, 38
- Constitución Nacionalart. 18
- Constitución (Caba)arts. 10, 13, 110
- PIDCP (Internacional)arts. 9.3, 14.1, 14.3
- Pacto de San José de Costa Rica (Internacional)art. 8.1
- CPart. 189 bis · Codigo penal
Fallos que cita
- AntuñaCSJN · 14/08/2012 · Fallos 335:2228
- M.D.E. y otroCSJN · Fallos 328:4343
- Fallos 331:211CSJN
- K. N. C.CNCCC Sala III · 02/06/2021
- M.J.A. s/ habeas corpusCFLP Sala I
- D., L. F.TSJ · 04/06/2025
- R., M.C.CCyAPPJCyF Sala IV · 14/09/2023
- CCC 8911/2017/CNC1CNCCC Sala II · 29/08/2017
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