JurisprudenciaARG
Cámara de Apelaciones

CORONEL, VIVIANA c/ GENDARMERIA NACIONAL ARGENTINA s/AMPARO LEY 16.986

La actora, Viviana Coronel, promovió acción de amparo contra Gendarmería Nacional Argentina para que se declare la nulidad del acto que la pasó a disponibilidad a partir del 24/10/2025. La Cámara Federal de Resistencia revocó la sentencia de primera instancia y declaró la nulidad de la disposición por déficit de motivación, sin dejar sin efecto la instrucción disciplinaria en curso.

Fecha de la sentencia
Tribunal
CAMARA FEDERAL DE RESISTENCIA - SECRETARIA CIVIL 2
Fuero
FEDERAL DE RESISTENCIA
Jurisdicción
Federal · Chaco
Expediente
FRE 002773/2026/CA002
Amparo Pase a disponibilidad Gendarmeria nacional Acto administrativo Motivacion Razonabilidad Discrecionalidad Perspectiva de genero Violencia laboral Instruccion disciplinaria

¿Quién es el actor?

Viviana Coronel, Cabo Primero de Gendarmería Nacional.

¿A quién se demanda?

Gendarmería Nacional Argentina.

¿Cuál es el objeto del reclamo?

nulidad de la Disposición N° 1068/2025, que dispuso el pase a disponibilidad de la actora a partir del 24/10/2025, en el marco de la Orden Resolutiva N° 350/2025 que inició la instrucción disciplinaria N° 03/2025 y la suspendió del servicio.

¿Qué se resolvió?

por mayoría, se hizo lugar al recurso de apelación, se revocó la sentencia de primera instancia que había rechazado el amparo, y se declaró la nulidad del acto administrativo de pase a disponibilidad, sin que ello implique dejar sin efecto la instrucción disciplinaria ni anticipar opinión sobre los hechos investigados. Se impusieron las costas de ambas instancias a la demandada vencida y se regularon honorarios de segunda instancia al letrado de la actora.

¿Cuáles son los fundamentos principales?

"Si bien los actos de la administración gozan de presunción de legitimidad, no es menos cierto que proceden las acciones de esta índole si se constata un obrar ilegítimo o arbitrario."

"La circunstancia de que la administración obrase en ejercicio de facultades discrecionales, en manera alguna puede constituir un justificativo de su conducta arbitraria, como tampoco de la omisión de los recaudos que para el dictado de todo acto administrativo prevé la ley N° 19.549."

Se afirmó que el pase a disponibilidad encuadraba formalmente en el art. 50, inc. b), apartado 5°, del Decreto N° 454/2025, pero que "la disposición impugnada se limita a invocar la normativa habilitante y los hechos que dieron origen a la instrucción disciplinaria, sin exteriorizar las razones específicas que justificaban la adopción de aquella medida preventiva frente al contexto descripto", por lo que "el acto cuestionado presenta un déficit de motivación que compromete su validez".

Se valoraron como contexto relevante las denuncias previas de la actora ante áreas de género, el conflicto con superiores jerárquicos y los antecedentes de atención en salud mental, incluida una internación el 28/10/2025, un día antes del dictado de la disposición. Se aclaró expresamente que "la sola existencia de una denuncia contra un superior jerárquico no acredita, por sí misma, una situación de violencia de género".

¿Cómo votaron los jueces?

no surge del texto la disidencia de un tercer magistrado; la sentencia está firmada por dos jueces de cámara y el secretario.

Normas que cita

  • Ley 16.986art. 1 · Amparo
  • Constitución Nacionalart. 43
  • Ley 19.549Normas
  • Ley 20.416Servicio penitenciario federal
  • Decreto 54
  • Decreto 454art. 50
  • Ley 27.423art. 2 · Honorarios profesionales de abogados, procuradores y auxiliares de la justicia
  • CPCCNarts. 68, 279 · Codigo procesal civil y comercial de la nacion
  • Ley 26.394art. 31 · Justicia militar
  • Decreto 2666art. 34
  • Acordada 10

Fallos que cita

  • BARRIENTOS, HUGO RAFAEL c/ ESTADO NACIONALPGN · 11/07/2012
  • Fallos 314:1091CSJN
  • IGNOLFI, GASTON GABRIEL c/ ENM JUSTICIASPF s/ AMPARO LEY 16.986PGN · 15/07/2014

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