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Cámara de Apelaciones

HERCE, ALICIA ESTHER c/ ANSES s/REAJUSTES VARIOS

La parte actora reclamó el reajuste de su haber previsional por aplicación de la movilidad y de topes contra la ANSES. La Cámara Federal de Mendoza no hizo lugar al recurso de la demandada, confirmó la actualización de la PBU y la exención del impuesto a las ganancias sobre el retroactivo, y le impuso las costas a la ANSES.

Fecha de la sentencia
Tribunal
CAMARA FEDERAL DE MENDOZA - SALA A - SECRETARIA PREVISIONAL
Fuero
FEDERAL DE MENDOZA
Jurisdicción
Federal · Mendoza
Expediente
FMZ 008466/2025/CA001
Pbu Movilidad previsional Haber inicial Autonomos Moratoria Topes previsionales Confiscatoriedad Impuesto a las ganancias Costas Anses

¿Quién es el actor?

Alicia Esther Herce.

¿A quién se demanda?

ANSES.

¿Cuál es el objeto del reclamo?

reajustes varios del haber previsional, con recálculo de la PBU, reajuste de los componentes PC y PAP, actualización de aportes autónomos y de aportes por moratoria, cuestionamiento de topes y exención del retroactivo al impuesto a las ganancias.

¿Qué se resolvió?

la Cámara, por unanimidad, resolvió no hacer lugar al recurso de apelación interpuesto por la demandada, imponer las costas a la demandada vencida (art. 36 de la ley 27.423) y regular los honorarios de los profesionales intervinientes en el 30% de lo regulado en primera instancia (art. 30 de la ley 27.423).

¿Cuáles son los fundamentos principales?

"En cuanto a la actualización ordenada por el a-quo de la PBU, la misma debe ser confirmada. Ello por cuanto el juez de sentencia se funda en precedentes de esta Cámara donde se analiza los beneficios adquiridos luego del 2009 y se determina que la PBU debe ser actualizada hasta tanto entra en vigencia la ley nº 26.417, que en su artículo 4º estableció que el monto de la PBU deje de ser una fórmula, para pasar a ser una suma fija, estipulada en PESOS TRESCIENTOS VEINTISÉIS ($ 326)..."

"Respecto al recalculo del haber inicial para los aportes autónomos, el mejor método aplicable consiste en determinar, como primer paso, el haber mensual compatible con el precepto constitucional del artículo 14..."

"Entiendo que no le asiste razón a la demandada ello por cuanto el a quo en la sentencia que aquí se cuestiona resuelve: 'RECHAZAR el planteo de inconstitucionalidad del artículo 2 de la ley 27.426 sobre las movilidades de los periodos devengados de julio a diciembre del año 2017, por improcedente'."

"Por lo expuesto se debe confirmar la sentencia en cuanto a la exención de tributar el impuesto a las ganancias por la parte actora."

"Atento lo detallado supra, coincido con lo resuelto en primera instancia que no corresponde la actualización de los aportes en calidad de autónomo por moratoria..."

"Respecto a la constitucionalidad de los topes, considero que no es un agravio en concreto, ya que en la sentencia de primera instancia se difirió el tratamiento a la etapa de liquidación..."

"En cuanto al agravio de la imposición de las costas entiendo que no le asiste razón al Anses y que las mismas se impondrán a la demandada vencida..."

Normas que cita

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