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Cámara de Apelaciones

PEREA, ROBERTO TRISTAN c/ ANSES s/REAJUSTES VARIOS

El actor, titular de un beneficio previsional otorgado bajo la Ley N° 24.241, reclamó contra la ANSES el reajuste de su haber. La Cámara Federal de Apelaciones de Córdoba modificó la sentencia de grado, dejó sin efecto la aplicación del índice ISBIC del fallo Elliff y ordenó actualizar las remuneraciones conforme a la Ley N° 27.426 por ser ésta la norma vigente a la fecha de obtención del beneficio.

Fecha de la sentencia
Tribunal
CAMARA FEDERAL DE CÓRDOBA - SALA B - SECRETARIA PREVISIONAL
Fuero
FEDERAL DE CÓRDOBA
Jurisdicción
Federal · Cordoba
Expediente
FCB 000748/2024/CA001
Movilidad previsional Reajuste de haberes Ley 27.426 Fallo elliff Fallo blanco Isbic Prestacion basica universal Costas en seguridad social Impuesto a las ganancias Anses

¿Quién es el actor?

Roberto Tristán Perea.

¿A quién se demanda?

ANSES (Administración Nacional de la Seguridad Social).

¿Cuál es el objeto del reclamo?

Reajuste del haber previsional del actor, cuyo beneficio fue otorgado el 18/07/2023 bajo la Ley N° 24.241; la ANSES había denegado el reajuste en sede administrativa (resolución del 27/02/2024).

¿Qué se resolvió?

La Cámara declaró desiertos los agravios vinculados a "Volonté" y "Badaro" y al planteo de inconstitucionalidad de las Leyes N° 27.426 y 27.541. Modificó la sentencia de grado dejando sin efecto la aplicación del índice ISBIC del fallo "Elliff" y "Blanco", y ordenó actualizar las remuneraciones para el haber inicial según la Ley N° 27.426. Confirmó la sentencia en todo lo demás, incluyendo la actualización de la PBU (diferida a la etapa de liquidación) y la imposición de costas a la ANSES. Las costas de Alzada se impusieron en el orden causado.

¿Cuáles son los fundamentos principales?

"Toda vez que el actor adquirió el derecho al beneficio ya entrada en vigencia la ley 27.426 que introduce la modificación al art. 2° de la ley 26.417, debe estarse a los índices allí establecidos a los fines de actualizar las remuneraciones a considerar para el cálculo de la Prestación Compensatoria y la Prestación Adicional por Permanencia."

"En función de lo expuesto precedentemente, deviene inaplicable la doctrina del fallo 'Blanco' del Alto Tribunal en virtud del cual se dispuso la aplicación de la doctrina del caso 'Elliff', ya que con el dictado de la ley 27.426 el Congreso reasumió la potestad de fijar los indicadores que dan adecuada respuesta en el caso, por cuanto no surgen periodos sin actualización, y los mismos no resultan irrazonables ni arbitrarios."

"Por lo tanto, el recurso de apelación en este punto no puede prosperar." (sobre la retención del Impuesto a las Ganancias, con remisión a "García, María Isabel").

Normas que cita

  • Ley 24.241art. 24 · Sistema integrado de jubilaciones y pensiones
  • Ley 27.426art. 2 · Reforma previsional
  • Ley 26.417art. 2 · Prestaciones previsionales
  • Ley 27.541Emergencia publica
  • Ley 27.260Reparacion historica para jubilados y pensionados
  • Ley 20.628Impuestos a las ganancias
  • Ley 24.463art. 21 · Solidaridad previsional
  • Ley 27.423art. 36 · Honorarios profesionales de abogados, procuradores y auxiliares de la justicia
  • CPCCNarts. 68, 265, 266 · Codigo procesal civil y comercial de la nacion

Fallos que cita

  • ElliffCSJN · Fallos 330:4866
  • BadaroCSJN · Fallos 330:4866
  • VolontéCSJN
  • BlancoCSJN
  • BarriosCSJN · 21/08/2013
  • García, María IsabelCSJN · 26/03/2019
  • Fernández Pastor, Miguel Ángel c/ ANSeSCSJN · 04/12/2025
  • Quiroga, Carlos Alberto c/ AnsesCSJN · 11/11/2014
  • Marinati, Nilda Ana c/ ANSESCFSS Sala III · 14/07/2022

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