GIMENEZ DIAZ, RODRIGO BASILIO c/ FEDERACION PATRONAL SEGUROS S.A. s/RECURSO LEY 27348
El actor promovió demanda contra Federación Patronal Seguros S.A. por reparación de una incapacidad derivada de un accidente de trabajo ocurrido el 18/09/2019, en el marco de la Ley 24.557. La Cámara modificó la sentencia de primera instancia, fijó la incapacidad psicofísica en 16,40% de la t.o. al incorporar el factor edad de forma directa y elevó el monto de condena a $981.661,78.
¿Quién es el actor?
Rodrigo Basilio Giménez Díaz.
¿A quién se demanda?
Federación Patronal Seguros S.A.
¿Cuál es el objeto del reclamo?
reparación del daño sufrido en un accidente de trabajo ocurrido el 18/09/2019, conforme la Ley 24.557 (y ley 27.348 en la instancia de recurso administrativo).
¿Qué se resolvió?
la Cámara rechazó el agravio de la demandada sobre la incapacidad psicológica del 7%, por considerarlo tardío y no controvertido de forma suficiente en la pericia, y admitió el agravio del actor respecto del cómputo de los factores de ponderación. Fijó la incapacidad psicofísica en 16,40% de la t.o. (12% más 4,40% por factores de ponderación, incluido el factor edad sumado en forma directa), recalculó el monto de la indemnización en $818.051,49 y la indemnización adicional del art. 3º de la ley 26.773 en $163.610,29, para un total de $981.661,78. Elevó los honorarios del letrado del actor a 60 UMA y de la perito médica a 20 UMA, impuso las costas de Alzada a la demandada y reguló honorarios de Alzada en el 30% para cada parte.
¿Cuáles son los fundamentos principales?
"Ello es así, pues el suscripto participa del criterio según el cual el referido factor se debe computar de forma directa y sumarse aritméticamente (ver del registro de esta Sala, SD del 30/08/23, autos 'Herrera, Graciela Liliana c/Galeno ART SA s/Accidente – Ley Especial', Expte. 23670/19; SD del 18/03/25 dictada en los autos 'Pérez Riffo, Rodrigo Alberto c/Provincia ART S.A. s/accidente –ley especial', Expte. 48.460/2018, entre otros)."
"Asimismo le asiste razón en cuanto plantea que los factores de ponderación deben calcularse sobre el porcentaje de incapacidad psicofísica que presenta el trabajador, que en el caso asciende al 12% de la t.o. y no solo sobre la minusvalía física..."
"...el agravio fue tardíamente deducido en el memorial, por cuanto de la impugnación que formulara la demandada a la pericia médica ... no surge que dicha cuestión fuera materia de observación... omisión que impide su tratamiento revisor en esta Alzada (cfr. art. 277 CPCCN)."
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Normas que cita
- Ley 24.557art. 14 · Ley de riesgos del trabajo
- Ley 26.773art. 3 · Riesgos del trabajo
- Decreto 659
- Ley 27.348Riesgos del trabajo
- CPCCNarts. 277, 68 · Codigo procesal civil y comercial de la nacion
- Ley 26.856art. 1 · Justicia
- Ley 27.423art. 30 · Honorarios profesionales de abogados, procuradores y auxiliares de la justicia
- CCyCNart. 1255 · Codigo civil y comercial de la nacion
Fallos que cita
- Herrera, Graciela Liliana c/Galeno ART SA s/Accidente – Ley EspecialCNAT Sala X · 30/08/2023
- Pérez Riffo, Rodrigo Alberto c/Provincia ART S.A. s/accidente –ley especialCNAT Sala X · 18/03/2025
- Sáez c/ Industria Plástica YasbanCNAT Sala X · 22/10/1996
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