DEL VALLE, JUAN A. c/ ANSES s/REAJUSTES POR MOVILIDAD
La demanda por reajuste de haberes previsionales de Juan A. Del Valle contra la ANSeS fue acogida en primera instancia, y la Cámara Federal de Rosario confirmó la sentencia en lo sustancial. El tribunal declaró de oficio la inconstitucionalidad del Decreto 807/2016 y del artículo 3 del DNU 157/2018, e impuso las costas de Alzada a la ANSeS conforme el artículo 36 de la ley 27.423.
¿Quién es el actor?
Juan A. Del Valle.
¿A quién se demanda?
ANSeS (Administración Nacional de la Seguridad Social).
¿Cuál es el objeto del reclamo?
reajuste de haberes previsionales por movilidad, con recálculo del haber y diferencias retroactivas.
¿Qué se resolvió?
la Cámara confirmó la sentencia de primera instancia en cuanto hizo lugar a la demanda. Declaró de oficio la inconstitucionalidad del Decreto 807/2016, confirmó el modo de actualización de las remuneraciones y el tratamiento de la PBU (diferido para la etapa de liquidación), confirmó la imposición de costas en primera instancia y, en Alzada, declaró de oficio la inconstitucionalidad del artículo 3 del DNU 157/2018 e impuso las costas a la demandada vencida conforme el artículo 36 de la ley 27.423. Reguló honorarios de Alzada en el 30% de lo fijado en primera instancia.
¿Cuáles son los fundamentos principales?
la Cámara sostuvo que las cuestiones planteadas son sustancialmente análogas a las resueltas por la Sala B de la CFAR en "Escudero" (Acuerdo del 01/07/2019), a cuyos fundamentos remitió "por razones de brevedad y economía procesal". Lo mismo hizo respecto de "Lamonaco" (Acuerdo del 4/5/2020) y, en materia de PBU, respecto de "Collomb" (Acuerdo del 25/02/2021, Sala B) y "Baldo" (FRO 14224/2013, Acuerdo del 17/12/2020), difiriendo el análisis de la procedencia del ajuste de la PBU para la etapa de liquidación conforme a "Quiroga" de la CSJN.
En cuanto a las costas de primera instancia, el tribunal expresó: "no existe razón alguna para apartarse del criterio general de la derrota (artículo 68 del C.P.C.C.N.)", por lo que confirmó la imposición, dado que la sentencia aplicó el fallo "Morales" de la CSJN y acogió sustancialmente la demanda.
Respecto de las costas de Alzada, la Cámara invocó "Morales, Blanca Azucena c/ ANSeS" (CSJN, 22/06/2023, expte. FCR 21049166/2011/CS001) para declarar de oficio la inconstitucionalidad del artículo 3 del DNU 157/2018 e imponer las costas a la demandada vencida "conforme lo establecido por el artículo 36 de la ley 27.423", que dispone: "En las causas de seguridad social … Las costas se impondrán de acuerdo a lo normado por el Código Procesal Civil y Comercial de la Nación … con excepción de aquellos casos en que los jubilados, pensionados, afiliados o sus causahabientes resultaren vencidos, en cuyo caso se impondrán las costas en el orden causado".
Nota: el fallo no fue dividido; la sentencia fue firmada por dos juezas, sin participación del Dr. Pineda por licencia.
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Normas que cita
- Decreto 807
- DNU 157art. 3
- Ley 27.423art. 36 · Honorarios profesionales de abogados, procuradores y auxiliares de la justicia
- CPCCNart. 68 · Codigo procesal civil y comercial de la nacion
Fallos que cita
- Morales, Blanca Azucena c/ ANSeS s/ Impugnación acto administrativoCSJN · 22/06/2023
- QuirogaCSJN
- Escudero, Eduardo Ricardo Ángel c/ ANSeS s/ Reajustes VariosCFAR Sala B · 01/07/2019
- Lamonaco, Miriam c/ ANSeS s/ Reajustes VariosCFAR Sala A · 04/05/2020
- Collomb, Osvaldo c/ ANSeS s/ Reajustes VariosCFAR Sala B · 25/02/2021
- Baldo, Jorge c/ ANSeS s/ Reajustes por MovilidadCFAR Sala A · 17/12/2020
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