MARTINELLI, PEDRO ANGEL c/ ANSES s/REAJUSTES VARIOS
El actor reclamó el reajuste de su haber previsional, y la sentencia de primera instancia admitió la acción contra la ANSES ordenando recalcular el beneficio. La Cámara Federal de Córdoba declaró parcialmente desierto el recurso de la demandada respecto de la inconstitucionalidad del art. 2 de la Ley 27.426 y confirmó la sentencia en todo lo que fue materia de agravios.
¿Quién es el actor?
Pedro Ángel Martinelli.
¿A quién se demanda?
ANSES (Administración Nacional de la Seguridad Social).
¿Cuál es el objeto del reclamo?
reajuste y recálculo del haber previsional del actor, titular de un beneficio otorgado el 13/6/2018 conforme la Ley 24.241, cuyo pedido administrativo de reajuste fue desestimado.
¿Qué se resolvió?
la Cámara declaró parcialmente desierto el recurso de apelación de la demandada en cuanto a la declaración de inconstitucionalidad del art. 2 de la Ley 27.426 (arts. 265 y 266 CPCCN), confirmó la sentencia del 5/3/2024 en todo lo que fue materia de agravios, e impuso las costas de Alzada en el orden causado, sin regulación de honorarios a la asistencia letrada de la actora ni a la representación de la demandada.
¿Cuáles son los fundamentos principales?
"III.- Respecto al cuestionamiento atinente a la declaración de inconstitucionalidad del art. 2 de la Ley N° 27.426, cabe señalar que del pronunciamiento recurrido surge el señor Juez de grado nada dijo respecto a ello. En definitiva, corresponde declarar desierta dicha queja (conf. arts. 265 y 266 del CPCCN)."
"IV.- Ahora bien, con relación al agravio deducido respecto de la retención del Impuesto a las Ganancias conforme la Ley N° 20.628, este Tribunal ya ha dejado sentada su postura en reiteradas oportunidades en cuanto cabe remitirse a lo dispuesto por la Corte Suprema de Justicia de la Nación en el precedente 'García, María Isabel', sentencia de fecha 26 de marzo de 2019, postura que ha sido mantenida por dicho Tribunal en numerosos pronunciamientos dictados con posterioridad. (...) Por lo tanto, el recurso de apelación en este punto no puede prosperar."
"V.- Respecto al cuestionamiento del organismo previsional referido a la imposición de las costas a su mandante en la instancia de grado, cuadra señalar que este Tribunal ha declarado inconstitucional el art. 21 de la ley 24.463 en las causas 'RAMOS, Miguel Efraín c/ ANSES s/Reajustes por Movilidad' (...) y 'Cattaneo, Oscar c/ ANSES – Reajuste de Haberes' (...). Asimismo, el Alto Tribunal se ha pronunciado en relación al tema en 'Morales, Blanca Azucena c/ ANSES s/ Impugnación de acto administrativo' (...). En función de ello y al resultado arribado en la instancia de grado en donde la accionada resultó vencida, corresponde confirmar en este punto lo allí resuelto."
Previamente, en el considerando I, la Cámara señaló que la presentación de la contestación de agravios efectuada por el letrado patrocinante, sin poder ni razones de urgencia, constituye un acto jurídico inexistente e insusceptible de convalidación posterior.
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Normas que cita
- Ley 24.241Sistema integrado de jubilaciones y pensiones
- Ley 27.426art. 2 · Reforma previsional
- Ley 20.628Impuestos a las ganancias
- Ley 24.463art. 21 · Solidaridad previsional
- CPCCNarts. 265, 266, 68 · Codigo procesal civil y comercial de la nacion
- Ley 27.423arts. 2, 30, 36 · Honorarios profesionales de abogados, procuradores y auxiliares de la justicia
- CCyCNart. 288 · Codigo civil y comercial de la nacion
Fallos que cita
- García, María IsabelCSJN · 26/03/2019
- Arte Radiotelevisivo Argentino S.A. c/ Estado nacionalCSJN · 11/02/2014
- Ramos, Miguel Efraín c/ ANSES s/Reajustes por MovilidadCNFed Córdoba Sala A · 14/12/2015
- Cattaneo, Oscar c/ ANSES – Reajuste de HaberesCNFed Córdoba Sala A · 02/12/2015
- Morales, Blanca Azucena c/ ANSES s/ Impugnación de acto administrativoCSJN · 22/06/2023
- Fallos 303:1099CSJN
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