VULCANO, STELLA MARIS c/ ANSES s/REAJUSTES VARIOS
La parte actora reclamó el reajuste de su haber previsional y la Cámara Federal de Córdoba modificó la sentencia de primera instancia al declarar la constitucionalidad de las Leyes N° 27.426 y N° 27.541 para la movilidad del haber del período en cuestión. El tribunal confirmó en lo demás la condena de ANSES, incluida la actualización con el I.S.B.I.C. y la aplicación del precedente “Badaro”.
¿Quién es el actor?
Stella Maris Vulcano.
¿A quién se demanda?
ANSES (Administración Nacional de la Seguridad Social).
¿Cuál es el objeto del reclamo?
reajuste de haberes previsionales de un beneficio otorgado conforme la ley 24.241 con fecha 01.06.2003, desestimado en sede administrativa mediante resolución del 31.10.2023.
¿Qué se resolvió?
la Cámara modificó la sentencia de primera instancia en cuanto declaró la inconstitucionalidad de las Leyes N° 27.426 y N° 27.541 y, en consecuencia, declaró su constitucionalidad para la movilidad del haber previsional de la actora en ese período; impuso las costas de primera instancia en el orden causado. Confirmó la sentencia en todo lo demás que fue materia de agravios, con la aclaración de que debe tenerse presente lo expuesto respecto del precedente “Villanustre” en la etapa de ejecución. Impuso las costas de Alzada por su orden y reguló honorarios a la asistencia letrada de la parte actora en el 30% de lo que se estime en la instancia de grado.
¿Cuáles son los fundamentos principales?
"III.- Sentado ello y en relación a la queja de la demandada por la que cuestiona la aplicación del índice I.S.B.I.C. indicado por la Corte Suprema de Justicia en la causa “Elliff” para actualizar las remuneraciones en relación de dependencia, corresponde señalar que la cuestión sometida a debate ya ha sido objeto de estudio por esta Alzada (...) en las que confirmó la aplicación del precedente “Elliff” para actualizar las remuneraciones (...). Trasladando los fundamentos expuestos en el citado fallo y en atención a la fecha de adquisición del derecho del titular de autos, corresponde confirmar la actualización de las remuneraciones devengadas, conforme el Índice de Salarios Básicos de la Industria y la Construcción (I.S.B.I.C.)."
"IV.- (...) este tope procederá si en la etapa de ejecución se comprueba que el haber recalculado supera el salario que percibe una persona que detenta igual cargo en actividad, recayendo la carga de la prueba en torno a acreditar este supuesto en la Administración Nacional de la Seguridad Social."
"VI.- (...) atento lo dispuesto por la Corte Suprema de Justicia de la Nación en los autos: “Fernández Pastor, Miguel Ángel c/ ANSeS s/ amparos y sumarísimos”, Sentencia de fecha 4 de diciembre de 2025, donde se pronunció respecto a la validez constitucional de la normativa aquí cuestionada, corresponde hacer lugar al recurso de apelación de la demandada y modificar la Sentencia recurrida en este punto."
"VII.- (...) recientemente este Tribunal se ha expedido por unanimidad al respecto en los autos caratulados: “Algarbe, Cristina del Valle c/ANSES -Reajustes por movilidad” (...) y “Sánchez, Alicia Beatriz c/ANSES s/Acción Meramente Declarativa de Inconstitucionalidad” (...). En las citadas causas se explicitaron las razones por las que el Tribunal sostiene la constitucionalidad de la Ley N° 27.541 así como también de los decretos dictados en consecuencia."
"IX.- (...) este Tribunal ha declarado inconstitucional el artículo 21 de la ley 24.463 en las causas: “RAMOS, Miguel Efraín c/ ANSES s/Reajustes por Movilidad” (...) y “CATTANEO, Oscar c/ ANSES – Reajuste de Haberes” (...) (...) tiene aplicación al caso las previsiones contenidas en el art. 36 de la ley N° 27.423 que regula esta cuestión en las causas de seguridad social debiendo estarse a lo normado por el CPCCN (“MORALES, Blanca Azucena c/ ANSeS s/ Impugnación de acto administrativo”)."
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Normas que cita
- Ley 24.241Sistema integrado de jubilaciones y pensiones
- Ley 27.426art. 2 · Reforma previsional
- Ley 27.541Emergencia publica
- Ley 20.628Impuestos a las ganancias
- Ley 24.463art. 21 · Solidaridad previsional
- Ley 27.423arts. 2, 30, 36 · Honorarios profesionales de abogados, procuradores y auxiliares de la justicia
- CPCCNart. 68 · Codigo procesal civil y comercial de la nacion
- Resolución 23/2004 (ANSES)arts. Anexo I, 2
- Resolución 955/2008 (Secretaría de Seguridad Social)art. 2
Fallos que cita
- ElliffCSJN
- BadaroCSJN
- Villanustre, Raúl FélixCSJN · 17/12/1991
- Fernández Pastor, Miguel Ángel c/ ANSeS s/ amparos y sumarísimosCSJN · 04/12/2025
- García, María IsabelCSJN · 26/03/2019
- Arte Radiotelevisivo Argentino S.A. c/ Estado nacionalCSJN · 11/02/2014
- Munizaga, Ernesto Juan c/ ANSESCNFCórdoba Sala A · 03/03/2015
- Núñez, Marta Elena c/ ANSESCNFCórdoba Sala A · 12/03/2015
- Piazza, María Cristina c/ ANSESCNFCórdoba Sala A
- Ferrini, Luis Enrique c/ ANSESCNFCórdoba Sala A · 08/04/2019
- Gaspar, Rosa Nilda c/ ANSESCNFCórdoba Sala A
- Algarbe, Cristina del Valle c/ ANSESCNFCórdoba Sala B · 19/05/2025
- Sánchez, Alicia Beatriz c/ ANSESCNFCórdoba Sala A · 20/05/2025
- Ramos, Miguel Efraín c/ ANSESCNFCórdoba Sala A · 02/12/2015
- Cattaneo, Oscar c/ ANSESCNFCórdoba Sala A · 02/12/2015
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