JurisprudenciaARG
Cámara de Apelaciones

LUDUEÑA, ADALBERTO ADRIAN c/ ANSES s/RETIRO POR INVALIDEZ (ART 49 P.4. LEY 24,241)

El actor apeló el dictamen de la Comisión Médica Central que había desestimado su incapacidad para el retiro por invalidez previsto en el art. 49 p. 4 de la Ley 24.241. La Cámara dejó sin efecto ese dictamen y fijó la incapacidad en 72,92% de la total obrera, con base en el informe del Cuerpo Médico Forense y en el precedente Sosa de la CSJN.

Fecha de la sentencia
Tribunal
CAMARA FEDERAL DE CÓRDOBA - SALA B - SECRETARIA PREVISIONAL
Fuero
FEDERAL DE CÓRDOBA
Jurisdicción
Federal · Cordoba
Expediente
CSS 008920/2024/CA002
Retiro por invalidez Ley 24.241 Art. 48 Art. 49 p. 4 Incapacidad de la total obrera Factores complementarios (edad y nivel educativo) Comision medica central Cuerpo medico forense Costas en el orden causado.

¿Quién es el actor?

Adalberto Adrián Ludueña.

¿A quién se demanda?

ANSES.

¿Cuál es el objeto del reclamo?

retiro por invalidez (art. 49 p. 4, Ley 24.241).

¿Qué se resolvió?

se dejó sin efecto el dictamen de la Comisión Médica Central y se fijó la incapacidad del actor en 72,92% de la total obrera, con remisión de las actuaciones a dicha Comisión. Las costas de Alzada se impusieron en el orden causado.

¿Cuáles son los fundamentos principales?

"...no existiendo elementos de juicio que desvirtúen las fundadas conclusiones del informe médico donde el profesional interviniente ha evaluado los factores complementarios como la edad y el nivel de educación, en atención a lo dispuesto por el art. 48 de la ley 24.241 y lo decidido por la C.S.J.N. en autos: 'Sosa Raúl c/ ANSeS s/ Retiro por Invalidez', del 26 de diciembre de 2017 (Fallos: 340:2021) corresponde fijar la incapacidad del actor en el 72,92% y dejar sin efecto el dictamen de la Comisión Médica Central..."

El Cuerpo Médico Forense informó una incapacidad de 62,06% de la total obrera que, sumada a edad (6,21%) y nivel educativo (4,65%), arroja 72,92%. Las partes dejaron vencer el plazo para contestar el informe.

Costas: "...se remitirse a los precedentes 'Ceballos, Octabio Domingo c/ ANSES s/ Retiro por Invalidez' (Expte. N° CSS 49966/2022/CA1-CA2), Sentencia de fecha 27 de noviembre de 2023 (Sala B), y 'Gutiérrez, Víctor Hugo c/ ANSES...' (Expte. N° CSS 36251/2022/CA01), Sentencia de fecha 23 de febrero de 2024 (Sala A)."

Normas que cita

  • Ley 24.241arts. 48, 49 p. 4 · Sistema integrado de jubilaciones y pensiones
  • Constitución Nacional

Fallos que cita

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