MERLO, VANESA ANDREA c/ CASINO DE BUENOS AIRES S.A. COMPAÑIA DE INVERSIONES EN ENTRETENIMIENTOS S.A. UTE s/DESPIDO
La trabajadora Vanesa Andrea Merlo demandó por despido indirecto a Casino de Buenos Aires S.A. y sus empresas vinculadas, reclamando indemnizaciones laborales. El Juzgado hizo lugar a la demanda, considerando que la empleadora le impidió acceder al control médico, por lo que la trabajadora se consideró injuriada, y condenó al pago de $ 679.796,74 con intereses.
¿Quién es el actor?
Vanesa Andrea Merlo.
¿A quién se demanda?
Casino de Buenos Aires S.A. - Compañía de Inversiones en Entretenimientos S.A. - U.T.E.
¿Cuál es el objeto del reclamo?
Cobro de indemnizaciones derivadas de un despido indirecto (indemnización por antigüedad, sustitutiva de preaviso, integración del mes de despido, sueldo de noviembre de 2017 y SAC proporcionales), con entrega de certificaciones del art. 80 de la LCT.
¿Qué se resolvió?
Se hizo lugar a la demanda por $ 679.796,74, con más los intereses del art. 55 de la ley 27.802 y del art. 768 inc. b) del Código Civil y Comercial. Se desestimó el rubro indemnización por vacaciones no gozadas, al haber sido abonado. Costas a cargo de la demandada. Honorarios regulados.
¿Cuáles son los fundamentos principales?
"II.- De principio, cabe señalar que no es un hecho controvertido que la accionante gozó de licencia por enfermedad entre el 29.09.2017 y el 11.10.2017, ausencias que fueron justificadas por la empleadora, que si bien negó que se debieran a la misma dolencia invocada a partir del 12.10.2017, no tuvo a bien precisar a qué patología habría correspondido y tampoco aportó a la causa constancias que desvirtúen lo aseverado por la actora en cuanto a que se trató del mismo padecimiento, cervicalgia y síndrome vertiginoso, lo que resulta razonable en atención a su continuidad temporal."
"En tales condiciones, más allá de poner de relieve que la actora había solicitado control médico domiciliario debido a sus dificultades para trasladarse a la sede de la empleadora debido al síndrome vertiginoso denunciado, lo que le fue negado arbitrariamente y desvirtúa lo aseverado en cuanto a que impidió el ejercicio del deber de control de la enfermedad que asiste al empleador, lo cierto es que justificó que se hizo presente en el lugar indicado por la accionada para someterse a revisación médica y le fue negado el acceso, lo que constituía una práctica habitual, lo que conduce a concluir que la demandante se halló asistida de razón al disolver el vínculo de manera indirecta (arg. arts. 242 y 246 de la L.C.T.)..."
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Normas que cita
- Ley 27.802arts. 55, 56, 217 · Ley de modernizacion laboral
- CCyCNart. 768 · Codigo civil y comercial de la nacion
- CPCCNarts. 68, 90, 277, 377, 385, 456 · Codigo procesal civil y comercial de la nacion
- Ley 27.423arts. 1, 16, 20, 21, 22, 24, 29, 43, 58, 61 bis · Honorarios profesionales de abogados, procuradores y auxiliares de la justicia
- Ley 24.635art. 13 · Instancia obligatoria de conciliacion laboral
- Acordada 30/2023
- Ley 20.744
Fallos que cita
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