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Cámara de Apelaciones

RIOS RAMONA EUFEMIA Y OTROS c/ GENDARMERIA NACIONAL s/PERSONAL MILITAR Y CIVIL DE LAS FFAA Y DE SEG

La Cámara Federal de la Seguridad Social confirmó la declaración de inconstitucionalidad del Decreto 679/97 que elevaba los aportes previsionales de los haberes de retiro de Gendarmería Nacional, por haber excedido las facultades legislativas del Poder Ejecutivo, y modificó únicamente el plazo de cumplimiento de la condena. Los agravios sobre prescripción y costas fueron resueltos conforme a la doctrina bienal y al principio general del art. 68 del CPCCN.

Fecha de la sentencia
Tribunal
CAMARA FEDERAL DE LA SEGURIDAD SOCIAL - SALA 2
Fuero
FEDERAL DE SEGURIDAD SOCIAL
Jurisdicción
Federal · Ciudad de Buenos Aires
Expediente
CSS 034096/2023/CA001
Decreto 679/97 Inconstitucionalidad Aportes previsionales Gendarmeria nacional Retiro Facultades legislativas del poder ejecutivo Doctrina verrocchi Prescripcion bienal Plazo de cumplimiento Costas.

¿Quién es el actor?

Ramona Eufemia Ríos y otros.

¿A quién se demanda?

Gendarmería Nacional (y la Caja de Retiros, Jubilaciones y Pensiones de la Policía Federal, que apeló).

¿Cuál es el objeto del reclamo?

declaración de inconstitucionalidad del Decreto 679/97 y cese de los descuentos previsionales practicados sobre los haberes de los accionantes.

¿Qué se resolvió?

la Cámara revocó la sentencia de grado únicamente en cuanto al plazo de cumplimiento, ordenando a la demandada efectuar la previsión presupuestaria una vez firme la sentencia, conforme al régimen de cancelación de créditos contra el Estado (art. 22 Ley 23.982 y art. 170 Ley 11.672, texto ordenado por Decreto 740/2014). En lo demás confirmó la sentencia: la inconstitucionalidad del Decreto 679/97, la prescripción bienal y la imposición de costas a la demandada vencida (art. 68 CPCCN). Reguló honorarios de la representación letrada de la actora en el 30% de lo que corresponda en la instancia anterior (art. 30 Ley 27423).

¿Cuáles son los fundamentos principales?

"Distinta fue la solución adoptada respecto del Decreto 679/97. En efecto, la Corte Suprema, por mayoría, sostuvo que los fundamentos invocados por el Poder Ejecutivo Nacional para justificar el ejercicio de las facultades previstas en el artículo 99, inciso 3, de la Constitución Nacional revelaban, en realidad, la voluntad de modificar de manera permanente el sistema previsional de la Gendarmería Nacional mediante el dictado del decreto impugnado.

En tales condiciones, y conforme las pautas fijadas en el precedente 'Verrocchi' (Fallos: 322:1726), no se encontraban satisfechos los recaudos constitucionales necesarios para el ejercicio legítimo, por parte del Presidente de la Nación, de facultades legislativas que, en principio, le son ajenas.

En este orden de ideas, razones de economía procesal aconsejan aplicar la referida doctrina a fin de evitar un dispendio jurisdiccional innecesario. Ello así, en lo que respecta al Decreto 679/97, corresponde confirmar el pronunciamiento apelado."

Sobre la prescripción, el tribunal expresó que la Corte, en "Jaroslavsky, Bernardo" (26/02/1985), estableció la aplicación del plazo bienal, doctrina aplicada uniformemente por las tres Salas de la Cámara.

Normas que cita

  • Decreto 679
  • Decreto-ley 22.788arts. 1, 2
  • Ley 23.627art. 2 · Jubilaciones y pensiones
  • Ley 18.037art. 82 · Nuevo regimen de jubilaciones y pensiones
  • Ley 23.982art. 22 · Deuda publica
  • Ley 11.672art. 170 · Permanente de presupuesto
  • Ley 27.423art. 30 · Honorarios profesionales de abogados, procuradores y auxiliares de la justicia
  • CPCCNart. 68 · Codigo procesal civil y comercial de la nacion
  • Constitución Nacionalart. 99

Fallos que cita

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