JurisprudenciaARG
Cámara de Apelaciones

ALIAGA, HORACIO JAVIER Y OTROS c/ EN - M SEGURIDAD - GN - DEC 679/97 s/PERSONAL MILITAR Y CIVIL DE LAS FFAA Y DE SEG

Los haberes de los agentes pasivos de Gendarmería Nacional fueron objeto de descuentos previsionales dispuestos por el Decreto 679/97, cuya constitucionalidad fue cuestionada en autos. La Cámara confirmó la sentencia de grado que declaró su inconstitucionalidad, por entender que el Poder Ejecutivo excedió las facultades del artículo 99, inciso 3, de la Constitución Nacional al modificar de manera permanente el régimen previsional.

Fecha de la sentencia
Tribunal
CAMARA FEDERAL DE LA SEGURIDAD SOCIAL - SALA 2
Fuero
FEDERAL DE SEGURIDAD SOCIAL
Jurisdicción
Federal · Ciudad de Buenos Aires
Expediente
CAF 020759/2022/CA002
Descuentos previsionales Decreto 679/97 Gendarmeria nacional Inconstitucionalidad Facultades legislativas Articulo 99 inciso 3 Delegacion legislativa Regimen previsional Personal militar y de seguridad Haberes de retiro

¿Quién es el actor?

Horacio Javier Aliaga y otros.

¿A quién se demanda?

Estado Nacional (Ministerio de Seguridad), Gendarmería Nacional y la Caja de Retiros, Jubilaciones y Pensiones de la Policía Federal Argentina (C.R.J.P.P.F.A.), como codemandadas.

¿Cuál es el objeto del reclamo?

Declaración de inconstitucionalidad del Decreto 679/97 y cese de los descuentos previsionales practicados sobre sus haberes en virtud de dicha norma.

¿Qué se resolvió?

La Cámara confirmó la sentencia de grado que hizo lugar a la demanda y declaró la inconstitucionalidad del Decreto 679/97. Revocó la sentencia sólo en lo referido al plazo de cumplimiento, confirmó la imposición de costas de Alzada a la demandada vencida y reguló honorarios a la representación letrada de la actora por su labor en la Alzada, en el 30% de lo que le corresponda en la instancia anterior.

¿Cuáles son los fundamentos principales?

> "Distinta fue la solución adoptada respecto del Decreto 679/97. En efecto, la Corte Suprema, por mayoría, sostuvo que los fundamentos invocados por el Poder Ejecutivo Nacional para justificar el ejercicio de las facultades previstas en el artículo 99, inciso 3, de la Constitución Nacional revelaban, en realidad, la voluntad de modificar de manera permanente el sistema previsional de la Gendarmería Nacional mediante el dictado del decreto impugnado."

> "En tales condiciones, y conforme las pautas fijadas en el precedente 'Verrocchi' (Fallos: 322:1726), no se encontraban satisfechos los recaudos constitucionales necesarios para el ejercicio legítimo, por parte del Presidente de la Nación, de facultades legislativas que, en principio, le son ajenas."

> "En este orden de ideas, razones de economía procesal aconsejan aplicar la referida doctrina a fin de evitar un dispendio jurisdiccional innecesario. Ello así, en lo que respecta al Decreto 679/97, corresponde confirmar el pronunciamiento apelado."

Cabe señalar que la Cámara, si bien reconoce la validez constitucional del Decreto-Ley 22.788 y del Decreto 679/97 en sus precedentes, aplica el criterio de la Corte Suprema en "Pino, Seberino y otros" (sentencia del 7 de octubre de 2021) para el Decreto 679/97, mientras que la doctrina sobre el Decreto-Ley 22.788 se desestima por no existir cuestión constitucional.

Normas que cita

  • Decreto 679
  • Decreto-ley 22.788
  • Constitución Nacionalart. 99
  • Ley 22.788

Fallos que cita

  • Pino, Seberino y otros c/ Estado Nacional - Ministerio del Interior s/ Personal Militar y Civil de las Fuerzas Armadas y de SeguridadCSJN · 07/10/2021
  • VerrocchiCSJN · Fallos 322:1726

El resumen se genera automáticamente con fines informativos: no es información oficial ni opinión legal, y no reemplaza la lectura del fallo completo. Para cualquier decisión, consultá la sentencia original con un profesional.

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