LARREA VICTOR DANIEL Y OTRO c/ MINISTERIO DE SEGURIDAD Y OTROS s/PERSONAL MILITAR Y CIVIL DE LAS FFAA Y DE SEG
Personal en actividad de Gendarmería Nacional promovió demanda de inconstitucionalidad del Decreto 679/97 para obtener el cese de los descuentos previsionales sobre sus haberes. La Cámara Federal de la Seguridad Social confirmó la sentencia de primera instancia que hizo lugar a la demanda y desestimó el planteo de falta de legitimación pasiva de Gendarmería Nacional.
¿Quién es el actor?
Víctor Daniel Larrea y otro, personal en actividad de Gendarmería Nacional.
¿A quién se demanda?
Ministerio de Seguridad y otros.
¿Cuál es el objeto del reclamo?
Declaración de inconstitucionalidad del Decreto 679/97 y cese de los descuentos en concepto de aportes que se practican sobre los haberes de los accionantes.
¿Qué se resolvió?
La Cámara confirmó la sentencia apelada en lo que decide y ha sido materia de agravios; impuso las costas de Alzada a la demandada vencida (art. 68 CPCCN); reguló los honorarios de la representación letrada de la actora por su labor en la Alzada en el 30% de lo que le corresponda en la instancia anterior (art. 30 Ley 27423), más IVA si corresponde; y devolvió las actuaciones al juzgado de origen.
¿Cuáles son los fundamentos principales?
"En cuanto al agravio relativo a la falta de legitimación pasiva, cabe señalar que, si bien el juez de grado desestimó oportunamente la excepción por considerar que no revestía carácter manifiesto (art. 347, inc. 3°, del CPCCN), omitió pronunciarse sobre dicha cuestión al dictar sentencia definitiva. Por ello, en atención a lo dispuesto por el art. 278 del CPCCN, corresponde abordar su tratamiento."
"...en tanto los coactores revisten la calidad de personal en actividad de Gendarmería Nacional y dicha fuerza interviene directamente en la liquidación de sus haberes y en la retención de los aportes previsionales cuestionados, resulta titular de la relación jurídica sustancial invocada en autos, circunstancia que acredita su legitimación pasiva, sin perjuicio de las competencias atribuidas a la Caja de Retiros, Jubilaciones y Pensiones de la Policía Federal por el Decreto 760/2018."
"En relación con la imposición de costas, el caso debe regirse por el principio general en la materia, por lo que corresponde confirmar su imposición a la demandada vencida (art. 68 del CPCCN)."
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Normas que cita
- Decreto 679
- Decreto 760
- Ley 27423art. 30 · Honorarios profesionales de abogados, procuradores y auxiliares de la justicia
- Ley 17.454
Fallos que cita
- Fallos 310:2943CSJN
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