DORNELLES DAMIAN YURANDIR Y OTROS c/ MINISTERIO DE SEGURIDAD Y OTRO s/PERSONAL MILITAR Y CIVIL DE LAS FFAA Y DE SEG
Los haberes de retirados de la Policía Federal Argentina y de las fuerzas de seguridad fueron descontados con aportes del 11% en razón del Decreto 679/97, y la actora pidió que se declarara su inconstitucionalidad. La Cámara Federal de la Seguridad Social confirmó la sentencia de grado que la declaró inconstitucional, aplicando la doctrina de la Corte Suprema en Pino, y revocó el plazo de cumplimiento para ordenar previsión presupuestaria conforme a la Ley 23.982.
¿Quién es el actor?
Dornelles Damián Yurandir y otros.
¿A quién se demanda?
Ministerio de Seguridad y otro (la Caja de Retiros, Jubilaciones y Pensiones de la Policía Federal Argentina recurrió la sentencia).
¿Cuál es el objeto del reclamo?
declaración de inconstitucionalidad del Decreto 679/97 y cese de los descuentos previsionales practicados sobre los haberes de los accionantes.
¿Qué se resolvió?
la Cámara confirmó la sentencia apelada en lo que decide y fue materia de agravios; impuso las costas de Alzada a la demandada vencida; reguló honorarios de la representación letrada de la actora en el 30% de lo que le corresponda en primera instancia; y devolvió las actuaciones al juzgado de origen. Además, revocó el plazo de cumplimiento fijado en grado y ordenó a la demandada que, firme la sentencia, efectúe la previsión presupuestaria y la acredite en autos, conforme al art. 22 de la Ley 23.982 y art. 170 de la Ley 11.672 (texto ordenado por Decreto 740/2014).
¿Cuáles son los fundamentos principales?
"Ahora bien, si bien esta Sala ha sostenido la validez constitucional tanto del Decreto-Ley 22.788 como del Decreto 679/97, no puede soslayarse que la Corte Suprema de Justicia de la Nación se ha pronunciado respecto de las normas aquí cuestionadas en los autos 'Pino, Seberino y otros c/ Estado Nacional - Ministerio del Interior s/ Personal Militar y Civil de las Fuerzas Armadas y de Seguridad', sentencia del 7 de octubre de 2021."
"Distinta fue la solución adoptada respecto del Decreto 679/97. En efecto, la Corte Suprema, por mayoría, sostuvo que los fundamentos invocados por el Poder Ejecutivo Nacional para justificar el ejercicio de las facultades previstas en el artículo 99, inciso 3, de la Constitución Nacional revelaban, en realidad, la voluntad de modificar de manera permanente el sistema previsional de la Gendarmería Nacional mediante el dictado del decreto impugnado."
"En tales condiciones, y conforme las pautas fijadas en el precedente 'Verrocchi' (Fallos: 322:1726), no se encontraban satisfechos los recaudos constitucionales necesarios para el ejercicio legítimo, por parte del Presidente de la Nación, de facultades legislativas que, en principio, le son ajenas."
"En este orden de ideas, razones de economía procesal aconsejan aplicar la referida doctrina a fin de evitar un dispendio jurisdiccional innecesario. Ello así, en lo que respecta al Decreto 679/97, corresponde confirmar el pronunciamiento apelado."
Sobre el Decreto-Ley 22.788, el tribunal recordó que la Corte lo consideró constitucional, por lo que no hubo declaración de inconstitucionalidad de esa norma.
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Normas que cita
- Decreto 679
- Decreto-ley 22.788arts. 1, 2
- Constitución Nacionalart. 99 inc. 3
- Ley 23.627art. 2 · Jubilaciones y pensiones
- Ley 18.037art. 82 · Nuevo regimen de jubilaciones y pensiones
- Ley 23.982art. 22 · Deuda publica
- Ley 11.672art. 170 · Permanente de presupuesto
- Decreto 740
- Ley 27.423art. 30 · Honorarios profesionales de abogados, procuradores y auxiliares de la justicia
- CPCCNart. 68 · Codigo procesal civil y comercial de la nacion
- Ley 22.788
Fallos que cita
- Pino, Seberino y otros c/ Estado Nacional - Ministerio del InteriorCSJN · 07/10/2021
- VerrocchiCSJN · Fallos 322:1726
- Jaroslavsky, BernardoCSJN · 26/02/1985
- Musto Rubén Nicolás c/ Caja de Retiros, Jubilaciones y Pensiones de la Policía Federal ArgentinaCNSS Sala I · 20/05/1999
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