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Primera Instancia

JUNQUET MARCELA FLAVIA c/ ANSES s/AMPAROS Y SUMARISIMOS

La accionante promovió amparo contra la ANSES para que cese la deducción prevista en el art. 9 de la ley 24.463 sobre su haber jubilatorio, sosteniendo que su beneficio se rige por la ley 24.241. El Juzgado hizo lugar parcialmente a la demanda, declaró la inaplicabilidad de la escala de deducciones del art. 9.2 de la ley 24.463 y ordenó el reintegro de las sumas retenidas no prescriptas, con sus intereses.

Fecha de la sentencia
Tribunal
JUZGADO FEDERAL DE LA SEGURIDAD SOCIAL 2
Fuero
FEDERAL DE SEGURIDAD SOCIAL
Jurisdicción
Federal · Ciudad de Buenos Aires
Expediente
CSS 035572/2026
Amparo previsional Deducciones art. 9 ley 24.463 Ley 24.241 Ley 24.016 Inaplicabilidad Escala de deducciones Prescripcion bienal Movilidad Devolucion de retenciones Anses.

¿Quién es el actor?

Marcela Flavia Junquet.

¿A quién se demanda?

Administración Nacional de la Seguridad Social (ANSES).

¿Cuál es el objeto del reclamo?

cese de la deducción aplicada sobre el haber previsional en los términos del art. 9 de la ley 24.463, reintegro de las sumas descontadas con intereses y sin deducción en concepto de impuesto a las ganancias, con costas a la accionada.

¿Qué se resolvió?

el Tribunal hizo lugar parcialmente a la demanda, declarando la inaplicabilidad a la actora de la escala de deducciones prevista en el art. 9.2 de la ley 24.463, y ordenó a la ANSES que, en 30 días desde la notificación, cese en la aplicación del art. 9 de la ley 24.463 sobre el haber del accionante y liquide las sumas retroactivas eventualmente resultantes, con intereses. Hizo lugar a la defensa de prescripción respecto de las sumas anteriores a los dos años contados desde el inicio de la acción. Difirió el tratamiento del impuesto a las ganancias para el momento de su cancelación. Declaró abstracto el tratamiento de las restantes inconstitucionalidades planteadas. Las costas se impusieron por su orden, y se regularon honorarios a la letrada de la parte actora.

¿Cuáles son los fundamentos principales?

"...el beneficio del accionante no se encuentra encuadrado en la Ley 24.016 sino que ha sido otorgado en los términos de la Ley 24.241 acordándose la prestación de PBU-PC-PAP DOCENTE DTO 137/05, abonándose la 'VARIAC SALARIAL DOC R SSS N°14', circunstancia que no ha sido controvertida en autos y que me ha llevado en casos similares a determinar el rechazo de las acciones intentadas en el sentido de la presente."

"...no puedo ser ajeno a la conteste decisión en sentido contrario de las tres Salas de la Cámara del fuero (Sala I Expte Nº 3557/2024 entre otros, Sala II, Expte Nº 3504/2024, entre otros y Sala III Expte Nº 7031/2024 entre otros), que me imponen, más allá de mi criterio, hacer lugar al reclamo impetrado..."

"...la escala de deducciones planteada en el art. 9 inc. 2° de la ley 24.463 resulta aplicable siempre que concurran dos recaudos; en primer lugar, que se trate de beneficios acordados sobre la base de una legislación anterior a la entrada en vigencia de la ley 24.241, y en segundo, que la ley por la que se obtuvo el beneficio no provea otro tope al haber. Ahora bien, visto que la actora adquirió su beneficio previsional bajo el amparo de la ley 24.241, corresponde declarar la inaplicabilidad en la especie de la escala de deducciones prevista en el art. 9.2 de la ley 24.463."

Respecto de la vía del amparo y del plazo del art. 2 inc. e) de la ley 16.986, se sostuvo que "...la controversia aquí suscitada puede ser resuelta con las constancias de autos" y que se trata de "una ilegalidad continuada, sin solución de continuidad".

El Juzgado dejó constancia de su criterio personal contrario, pero aplicó el de las Salas de la Cámara del fuero, que lo obligan.

Normas que cita

  • Ley 24.463art. 9.2 · Solidaridad previsional
  • Ley 24.241Sistema integrado de jubilaciones y pensiones
  • Ley 24.016Docentes
  • Ley 16.986arts. 2 inc. e), 8, 14 · Amparo
  • Ley 18.037art. 82 · Nuevo regimen de jubilaciones y pensiones
  • Ley 18.038Jubilaciones y pensiones
  • Decreto 78/94
  • Decreto 137/05
  • Decreto 2322/02
  • Ley 25.668Regimenes jubilatorios
  • Ley 27.423arts. 16, 19, 51 · Honorarios profesionales de abogados, procuradores y auxiliares de la justicia
  • CCyCNart. 1255 · Codigo civil y comercial de la nacion
  • CPCCNart. 68 · Codigo procesal civil y comercial de la nacion
  • Constitución Nacionalart. 99 inc. 2

Fallos que cita

  • CraviottoCSJN · Fallos 322:752
  • Gemelli, Esther Noemí c/ Anses s/ reajustes por movilidadCSJN · 28/07/2005
  • Santi, Juana Francisca c/ Anses s/ Reajustes VariosCSJN · 20/12/2005
  • Mazzeo, Ana Raquel c/ INPSCSJN · 02/04/2002 · Fallos 311:965
  • Spitale, Josefa Élida c/ ANSES s/ impugnación de resolución administrativaCSJN · 14/09/2006
  • Martuccio, Zulema Adelina c/ Anses s/ amparos y sumarísimosCNSS Sala III
  • Dundich, Antonio Eugenio c. ANSESCFSS Sala II · 30/12/1996
  • Portos, José c. ANSESCFSS Sala I · 25/02/1997

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