JurisprudenciaARG
Cámara de Apelaciones

ROMIO, JUAN c/ MONTALTO, CLAUDIO JAVIER s/ESCRITURACION

El actor promovió demanda por escrituración contra el vendedor de unidades funcionales a construir, reclamando además la cláusula penal pactada. La Cámara confirmó la sentencia de primera instancia que hizo lugar a la demanda, precisando que la confirmación no convalida efectos respecto de una citada en garantía inexistente.

Fecha de la sentencia
Tribunal
CAMARA CIVIL - SALA F
Fuero
NACIONAL EN LO CIVIL
Jurisdicción
Nacional · Ciudad de Buenos Aires
Expediente
CIV 050598/2019/CA001
Escrituracion Propiedad horizontal Unidades funcionales a construir Clausula penal Congruencia Cesion de boleto Clausula penal reducida Citada en garantia (error material) Costas en el orden causado Apelacion de sentencia.

¿Quién es el actor?

Juan Romio.

¿A quién se demanda?

Claudio Javier Montalto.

¿Cuál es el objeto del reclamo?

otorgamiento de escrituras traslativas de dominio de unidades funcionales y cumplimiento de obligaciones de hacer (final de obra, mensura, plano de subdivisión y reglamento de copropiedad), más la cláusula penal pactada.

¿Qué se resolvió?

la Cámara confirmó la sentencia de primera instancia en todo lo que fue materia de apelación y agravios, aclarando que dicha confirmación no convalida ni extiende efectos a una inexistente citada en garantía. Las costas de Alzada se impusieron en el orden causado.

¿Cuáles son los fundamentos principales?

Respecto de la unidad funcional identificada como "B" del segundo piso, el tribunal sostuvo: "no se desprende del escrito de demanda que el accionante haya reclamado la escrituración de la unidad funcional identificada provisoriamente con la letra 'B', ubicada en el segundo piso, ni tampoco surge mención o referencia alguna a dicha unidad en ninguno de los instrumentos acompañados". Agregó que, además, el actor manifestó haber cedido el boleto de las unidades y no perseguir su escrituración, por lo que "la congruencia exigida entre las pretensiones y defensas deducidas en juicio y la sentencia [...] tornan imposible fallar de un modo diferente al que lo hiciera -acertadamente- el juez de grado".

Respecto de las terrazas: "el accionante no arrimó ningún elemento que permita la discriminación de aquella terraza sobre la que habría cedido el boleto y de aquellas sobre las que perseguiría su escrituración".

Respecto de la cláusula penal, el tribunal, por voto del Dr. Pitrau, consideró "razonable la multa fijada" por la instancia anterior, la que había reducido la pena a USD 70.000 más intereses del 6% anual, por considerar que la cláusula calculada al momento de la sentencia (USD 367.560) resultaba casi el doble del valor de las prestaciones estimado en el contrato (USD 200.000).

Los agravios sobre la base regulatoria y los honorarios se difirieron al tratamiento del recurso de apelación de honorarios del letrado del actor.

El tribunal aclaró que la imposición de costas a la "citada en garantía" fue un error material, pues en la causa no se citó en garantía a persona alguna.

Normas que cita

  • CPCCNarts. 265, 266, 512, 513 · Codigo procesal civil y comercial de la nacion
  • CCart. 509

Fallos que cita

Más jurisprudencia sobre

El resumen se genera automáticamente con fines informativos: no es información oficial ni opinión legal, y no reemplaza la lectura del fallo completo. Para cualquier decisión, consultá la sentencia original con un profesional.

Encontrá la jurisprudencia para tu caso

Buscá en los fallos de JurisprudenciaARG por tema, tribunal y fecha. Creá tu cuenta para empezar.