JurisprudenciaARG
Corte Suprema

RECKITT BENCKISER ARGENTINA S.A. c/ BUENOS AIRES, PROVINCIA DE s/ACCION DECLARATIVA DE INCONSTITUCIONALIDAD

Reckitt Benckiser Argentina S.A., fabricante de productos domisanitarios, promovió acción declarativa de inconstitucionalidad contra la Provincia de Buenos Aires para obtener la invalidez del decreto local 321/87 y sus modificatorios. La Procuración General dictaminó que la causa corresponde a la competencia originaria de la Corte Suprema por tratarse de una provincia demandada en una causa de contenido federal.

Fecha de la sentencia
Tribunal
CORTE SUPREMA DE JUSTICIA DE LA NACIÓN
Fuero
CORTE SUPREMA DE JUSTICIA DE LA NACIÓN
Jurisdicción
Federal · Ciudad de Buenos Aires
Expediente
R. 215. XLI. ORI
Competencia originaria Accion declarativa de inconstitucionalidad Provincia de buenos aires Decreto 321/87 Domisanitarios Contenido federal Arts. 116 y 117 cn Art. 322 cpccn Procuracion general Anmat

¿Quién es el actor?

Reckitt Benckiser Argentina S.A., empresa dedicada a la elaboración, comercialización y exportación de productos domisanitarios, habilitada y registrada ante la ANMAT (decreto 1490/92).

¿A quién se demanda?

Provincia de Buenos Aires.

¿Cuál es el objeto del reclamo?

Declaración de inconstitucionalidad del decreto local 321/87 y sus modificatorios, por la vía del art. 322 del Código Procesal Civil y Comercial de la Nación.

¿Qué se resolvió?

No hay decisión del tribunal. El dictamen de la Procuración General (fs. 22 vista por competencia) opina que la acción corresponde a la competencia originaria de la Corte, por ser demandada una Provincia en causa de manifiesto contenido federal (arts. 116 y 117 CN).

¿Cuáles son los fundamentos principales?

"La cuestión sometida a conocimiento del Tribunal en el sub-lite resulta sustancialmente análoga a la que fuera objeto de tratamiento por este Ministerio Público al expedirse el 4 de junio de 2003 in re C. 721, XXXIX, Originario 'COLGATE-PALMOLIVE ARGENTINA S.A. C/ BUENOS AIRES, PROVINCIA DE S/ACCION DECLARATIVA DE INCONSTITUCIONALIDAD', que fue compartido por V.E. en su sentencia del 8 de septiembre de ese año."

"En virtud de lo expuesto en dicho dictamen, que doy aquí por reproducido brevitatis causae, opino que esta acción declarativa corresponde a la competencia originaria de la Corte, por ser demandada una Provincia en una causa de manifiesto contenido federal, según los arts. 116 y 117 de la Constitución Nacional."

Normas que cita

  • Constitución Nacionalarts. 116, 117
  • Decreto 1490
  • Decreto 321 (Buenos Aires)
  • CPCCNart. 322 · Codigo procesal civil y comercial de la nacion

Fallos que cita

  • COLGATE-PALMOLIVE ARGENTINA S.A. C/ BUENOS AIRES, PROVINCIA DE S/ACCION DECLARATIVA DE INCONSTITUCIONALIDADCSJN · 04/06/2003

El resumen se genera automáticamente con fines informativos: no es información oficial ni opinión legal, y no reemplaza la lectura del fallo completo. Para cualquier decisión, consultá la sentencia original con un profesional.

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