BITOCCHI ALFREDO CARLOS c/ ESTADO NACIONAL MINISTERIO DE DEFENSA ESTADO MAYOR GENERAL DEL EJERCITO s/DAÑOS Y PERJUICIOS
El suboficial principal del Ejército Alfredo Carlos Bitocchi demandó al Estado Nacional por los daños sufridos durante una prueba física obligatoria que le provocó un infarto del miocardio con una incapacidad del setenta por ciento. La Cámara confirmó la condena indemnizatoria con base en el derecho común, criterio que la Procuración General recomienda confirmar por remisión al precedente Eberle Patterson.
¿Quién es el actor?
Alfredo Carlos Bitocchi, suboficial principal del Ejército Argentino.
¿A quién se demanda?
Estado Nacional, Ministerio de Defensa y Estado Mayor General Ejército.
¿Cuál es el objeto del reclamo?
resarcimiento por daños sufridos el 17 de mayo de 1996, mientras rendía una prueba de evaluación física ordenada por la superioridad en el gimnasio del Comando de Institutos Militares, que le provocó un infarto del miocardio y una incapacidad laborativa del setenta por ciento.
¿Qué se resolvió?
la Cámara Nacional de Apelaciones en lo Civil y Comercial Federal (Sala I) confirmó la sentencia que hizo lugar a la demanda. La Procuración General dictamina que corresponde confirmar la sentencia apelada en cuanto fue materia de recurso extraordinario.
¿Cuáles son los fundamentos principales?
"La responsabilidad por el suceso de autos ha sido establecida por la Corte Suprema a partir de la causa 'Mengual', en la cual se dijo que no existe óbice alguno para otorgar una indemnización basada en normas de derecho común a un integrante de las fuerzas armadas cuando las específicas no prevén una indemnización sino un haber de retiro de naturaleza previsional."
"Amén de ello -agregó- la propia demandada calificó el suceso como una 'afección relacionada con actos de servicio', razón por la cual este aspecto no es objeto de discusión."
"La cuestión debatida en el sub judice es sustancialmente análoga a la que esta Procuración tuvo oportunidad de examinar en el dictamen del 17 de marzo de 2004, in re, E. 352, L. XXXIX, 'EBERLE PATTERSON, Marcos M. A. c/ E. N. - E. N. - M1 de Defensa s/ daños y perjuicios'..."
"En virtud de los fundamentos allí expuestos, en lo que fueren aplicables al sub examine, opino que corresponde confirmar la sentencia apelada en cuanto fue materia de recurso extraordinario."
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Fallos que cita
- MengualCSJN
- Eberle Patterson, Marcos M. A. c/ E. N. - M1 de Defensa s/ daños y perjuiciosCSJN · 17/03/2004
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