JurisprudenciaARG
Corte Suprema

UNILEVER DE ARGENTINA S.A. c/ BUENOS AIRES, PROVINCIA DE s/ORDINARIO

La Procuración General dictaminó que corresponde declarar la inconstitucionalidad de los decretos leyes 7290/67 y 9038/78 y del decreto 1160/92 de la Provincia de Buenos Aires, en una acción de repetición promovida por Unilever de Argentina S.A. por impuestos al servicio de electricidad y gravamen adicional al consumo de energía eléctrica. El dictamen se remite a los fundamentos del precedente AGUEERA (Fallos: 322:1781), por tratarse de un planteo sustancialmente análogo.

Fecha de la sentencia
Tribunal
CORTE SUPREMA DE JUSTICIA DE LA NACIÓN
Fuero
CORTE SUPREMA DE JUSTICIA DE LA NACIÓN
Jurisdicción
Federal · Ciudad de Buenos Aires
Expediente
U. 58. XXXV. ORI
Repeticion de impuestos Inconstitucionalidad Impuesto al servicio de electricidad Gravamen adicional energia electrica Decreto ley 7290/67 Decreto ley 9038/78 Decreto 1160/92 Aduana interior Unidad tarifaria Provincia de buenos aires

¿Quién es el actor?

Unilever de Argentina S.A.

¿A quién se demanda?

Provincia de Buenos Aires (con intervención del Estado Nacional como tercero citado).

¿Cuál es el objeto del reclamo?

repetición de lo abonado entre marzo de 1992 y julio de 1996 en concepto de impuesto al servicio de electricidad (decreto ley 7290/67) y gravamen adicional al consumo de energía eléctrica (decreto ley 9038/78), con fundamento en la inconstitucionalidad de dichas normas y del decreto 1160/92.

¿Qué se resolvió?

la Procuración General dictamina que corresponde declarar la inconstitucionalidad de las normas citadas, remitiéndose a los fundamentos de AGUEERA.

¿Cuáles son los fundamentos principales?

"Por lo expuesto, pienso que corresponde declarar la inconstitucionalidad de los decretos leyes 7290/67 y 9038/78, así como del decreto 1160/92, todos de la Provincia de Buenos Aires."

"...el planteo de inconstitucionalidad guarda sustancial analogía con el ya resuelto por el Tribunal in re 'Asociación de Grandes Usuarios de Energía Eléctrica de la República Argentina (AGUEERA) c/Buenos Aires, provincia de y otro s/acción declarativa', del 19 de agosto de 1999 (Fallos: 322:1781), a cuyos fundamentos me remito en cuanto fueren aplicables al sub judice."

La actora fundó su pretensión en los precedentes "Hidroeléctrica El Chocón S.A." (11/07/1997) y AGUEERA, y adujo además violación del "Pacto Federal para el Empleo, la Producción y el Crecimiento" (12/08/1993), del régimen federal de energía eléctrica (leyes 15.336 y 24.065), de la prohibición de aduanas interiores y del principio de igualdad (art. 16 CN).

La Provincia opuso prescripción (arts. 118 y 199 ley 10.397; arts. 56 y 61 ley 11.683), negó el pago y el ingreso al Fisco, y alegó sometimiento voluntario al régimen; subsidiariamente pidió la aplicación del art. 55 de la ley 12.575.

El Estado Nacional, citado como tercero, se pronunció en contra de la constitucionalidad de las normas provinciales, invocando la unidad tarifaria y la protección de los usuarios de las distribuidoras federales.

Normas que cita

Fallos que cita

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