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Corte Suprema

TISCHLER ROSA VANDA c/ ARMADA ARGENTINA s/INCIDENTE EN EL AMBITO MILITAR Y F. DE SEGURIDAD

La Corte Suprema desestimó la declaración de inconstitucionalidad del art. 280 del Código Procesal Civil y Comercial de la Nación, modificado por la ley 23.774, remitiendo a precedentes anteriores. Asimismo, rechazó el recurso de revocatoria articulado en subsidio, por cuanto sus decisiones no son susceptibles de recurso alguno.

Fecha de la sentencia
Tribunal
CORTE SUPREMA DE JUSTICIA DE LA NACIÓN
Fuero
CORTE SUPREMA DE JUSTICIA DE LA NACIÓN
Jurisdicción
Federal · Ciudad de Buenos Aires
Expediente
T. 13. XXVI. RHE
Recurso de hecho Inconstitucionalidad Art. 280 cpccn Ley 23.774 Recurso de revocatoria Irrecurribilidad de las decisiones de la corte Fallos 311:1788 Armada argentina Tischler.

¿Quién es el actor?

Rosa Vanda Tischler.

¿A quién se demanda?

Armada Argentina.

¿Cuál es el objeto del reclamo?

no surge del texto de la sentencia, que es una resolución de la Corte Suprema que se limita a los planteos de la parte recurrente sobre el art. 280 del CPCCN y el recurso de revocatoria.

¿Qué se resolvió?

se desestimaron la declaración de inconstitucionalidad de la ley 23.774 y el recurso de revocatoria.

¿Cuáles son los fundamentos principales?

"en lo que respecta a la tacha de inconstitucionalidad del art. 280 del Código Procesal Civil y Comercial de la Nación (modificado por la ley 23.774) cabe remitir a los fundamentos expuestos en la causa R.65.XXIV, 'Rodríguez, Luis Emeterio c/ Rodríguez de Schreyer, Carmen Isabel y otro' (voto de los jueces Barra, Belluscio y Boggiano) del 2 de febrero de 1993."

"en lo atinente a la revocatoria articulada en subsidio, cabe señalar que en el caso no existe motivo para apartarse de la conocida jurisprudencia de este Tribunal en cuanto a que sus decisiones no son susceptibles de recurso alguno (Fallos: 311:1788)."

Dictamen de la mayoría: la decisión se adopta por la totalidad de los ministros que suscriben la resolución, con las firmas de los nueve jueces. El voto del Dr. Nazareno y del Dr. Moline O'Connor se consigna como "por su voto" en la versión principal y como voto conjunto en la segunda pieza, con los mismos fundamentos.

Normas que cita

  • Ley 23.774Corte suprema de justicia de la nacion
  • CPCCNart. 280 · Codigo procesal civil y comercial de la nacion

Fallos que cita

  • Rodríguez, Luis Emeterio c/ Rodríguez de Schreyer, Carmen Isabel y otroCSJN · 02/02/1993
  • Fallos 311:1788CSJN

El resumen se genera automáticamente con fines informativos: no es información oficial ni opinión legal, y no reemplaza la lectura del fallo completo. Para cualquier decisión, consultá la sentencia original con un profesional.

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