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Corte Suprema

EDITORIAL ATLANTIDA S.A. -T.F. 10438-I- s/REC. DE APELACION DE D.G.I.

La Corte Suprema declaró procedente el recurso extraordinario interpuesto por Editorial Atlántida S.A. y revocó la sentencia apelada en el marco de una resolución de la Dirección General Impositiva. El tribunal remitió, por razones de brevedad, a las consideraciones del precedente Morixe Hnos. S.A.C.I. (causa M.933.XXV), por tratarse de una cuestión sustancialmente análoga.

Fecha de la sentencia
Tribunal
CORTE SUPREMA DE JUSTICIA DE LA NACIÓN
Fuero
CORTE SUPREMA DE JUSTICIA DE LA NACIÓN
Jurisdicción
Federal · Ciudad de Buenos Aires
Expediente
E. 55. XXVI. REX
Recurso extraordinario Direccion general impositiva Remision a precedente Morixe hnos. Costas Cuestion sustancialmente analoga Revocacion Materia tributaria Resolucion administrativa

Actor (recurrente): Editorial Atlántida S.A.

¿A quién se demanda?

Dirección General Impositiva (D.G.I.)

¿Cuál es el objeto del reclamo?

Recurso contra una resolución de la D.G.I. (expediente T.F. 10.438-I).

¿Qué se resolvió?

Se declaró procedente el recurso extraordinario, se revocó la sentencia apelada y se impusieron las costas de todas las instancias, en lo atinente a la cuestión examinada, a la actora vencida.

¿Cuáles son los fundamentos principales?

Considerando: "Que la cuestión planteada por el recurrente es sustancialmente análoga a la resuelta por esta Corte en la causa M.933.XXV. 'Morixe Hnos. S.A.C.I. -T.F. 10460-I- s/ res. apel. de la D.G.I.', sentencia del 20 de agosto de 1996, a cuyas consideraciones cabe remitir en razón de brevedad."

Parte dispositiva: "Por ello, se declara procedente el recurso extraordinario y se revoca la sentencia apelada; con costas de todas las instancias, en lo atinente a la cuestión examinada, a la actora vencida."

La sentencia no desarrolla fundamentos propios: el razonamiento sustantivo se encuentra en el precedente "Morixe" al que remite. Los votos de los jueces Nazareno, Fayt y Vázquez reproducen el mismo considerando, aclarando que la remisión es al voto de esos tres magistrados en aquella causa.

Fallos que cita

  • Morixe Hnos. S.A.C.I. -T.F. 10460-I- s/ res. apel. de la D.G.I.CSJN · 20/08/1996

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