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Corte Suprema

BALADO JORGE H. c/ DIRECCION NACIONAL DE VIALIDAD s/EJECUCION DE HONORARIOS

La Corte Suprema, por mayoría, hizo lugar a la articulación planteada por el recurrente en un juicio de ejecución de honorarios contra la Dirección Nacional de Vialidad, dejó sin efecto la sentencia anterior y revocó el pronunciamiento apelado, ordenando dictar un nuevo fallo. Los jueces Nazareno, Fayt y Bossert votaron en disidencia y habrían desestimado la articulación por considerar irrelevante el planteo de inconstitucionalidad.

Fecha de la sentencia
Tribunal
CORTE SUPREMA DE JUSTICIA DE LA NACIÓN
Fuero
CORTE SUPREMA DE JUSTICIA DE LA NACIÓN
Jurisdicción
Federal · Ciudad de Buenos Aires
Expediente
B. 360. XXVIII. REX
Ejecucion de honorarios Recurso extraordinario federal Inconstitucionalidad Direccion nacional de vialidad Aclaratoria Omision de pronunciamiento Costas por su orden Art. 68 cpccn Revocatoria Honorarios profesionales.

¿Quién es el actor?

Jorge H. Balado.

¿A quién se demanda?

Dirección Nacional de Vialidad.

¿Cuál es el objeto del reclamo?

ejecución de honorarios profesionales.

¿Qué se resolvió?

se hizo lugar a la articulación de fs. 120, se dejó sin efecto la sentencia de fs. 114/118, se declaró procedente el recurso extraordinario, se revocó el pronunciamiento apelado, con costas por su orden, y se devolvieron los autos al tribunal de origen para que dicte nuevo fallo.

¿Cuáles son los fundamentos principales?

Del voto del juez Boggiano (que integra la mayoría): "Que en el escrito de fs. 120 el recurrente solicita que el Tribunal se pronuncie sobre la tacha de inconstitucionalidad que dedujo en la apelación federal. Dicho planteo, por su naturaleza, importa un virtual recurso de revocatoria contra la sentencia de fs. 114/118."

"Que el haberse omitido el punto en la referida resolución, corresponde pronunciarse sobre el particular. Al respecto, cabe señalar que las cuestiones traídas a conocimiento de esta Corte son sustancialmente análogas a las resueltas en la causa D.34.XXIV 'Dirección Nacional de Vialidad c/ Cervecería y Maltería Quilmes'... sentencia del 30 de abril de 1996, a cuyos fundamentos corresponde remitirse en razón de brevedad."

Costas por su orden "pues la dificultad del texto pudo inducir a la demandada a sostener un criterio opuesto (art. 68, párrafo 2º del CPCCN)".

¿Cómo votaron los jueces?

"la sentencia de fs. 114/118 no incurre en omisión de pronunciamiento que justifique el pedido de aclaratoria, pues por las razones dadas en los votos de los jueces Nazareno, Fayt y Bossert el planteo de inconstitucionalidad resulta irrelevante. Por ello, se desestima la articulación de fs. 120."

Normas que cita

Fallos que cita

  • Dirección Nacional de Vialidad c/ Cervecería y Maltería QuilmesCSJN · 30/04/1996

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