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Corte Suprema

RIGALLI RUBEN c/ INPS-CAJA NAC DE PREV DE LA INDUSTRIA,COM Y A CT CIVILES s/REAJUSTES POR MOVILIDAD

La Corte Suprema de Justicia de la Nación declaró procedentes los recursos extraordinarios deducidos por la ANSeS y revocó las sentencias apeladas en reclamos de reajuste por movilidad de haberes jubilatorios. Declaró la inconstitucionalidad del art. 7°, inc. 1°, apartado b, de la ley 24.463 respecto de la movilidad que corresponde entre el 1° de abril de 1991 y la entrada en vigencia de la ley 24.241, admitiéndola en los términos fijados en el precedente Chocobar.

Fecha de la sentencia
Tribunal
CORTE SUPREMA DE JUSTICIA DE LA NACIÓN
Fuero
CORTE SUPREMA DE JUSTICIA DE LA NACIÓN
Jurisdicción
Federal · Ciudad de Buenos Aires
Expediente
R. 357. XXVII. REX
Movilidad de haberes Reajuste previsional Ley 24.463 Ley 24.241 Inconstitucionalidad Recurso extraordinario Anses Haberes jubilatorios Tasa de intereses Chocobar

¿Quién es el actor?

Rubén Rigalli y otros actores de la misma serie de causas (jubilados y pensionados contra el INPS y las cajas nacionales de previsión).

¿A quién se demanda?

INPS - Caja Nacional de Previsión de la Industria, Comercio y Actividades Civiles; Caja Nacional de Previsión para el Personal del Estado y Servicios Públicos.

¿Cuál es el objeto del reclamo?

reajustes por movilidad de los haberes previsionales.

¿Qué se resolvió?

con el alcance de las consideraciones del fallo, se declararon procedentes los recursos extraordinarios de la ANSeS, se revocaron las sentencias apeladas y se declaró la inconstitucionalidad del art. 7°, inc. 1°, apartado b, de la ley 24.463, en cuanto a la movilidad que corresponde desde el 1° de abril de 1991 hasta la vigencia de la ley 24.241, admitiéndosela por ese período según el alcance fijado en el precedente "Chocobar, Sixto Celestino".

¿Cuáles son los fundamentos principales?

"Que las cuestiones planteadas en las causas referidas respecto del fondo del asunto resultan sustancialmente análogas a las examinadas por el Tribunal en la causa C.278. XXVIII 'Chocobar, Sixto Celestino c/ Caja Nacional de Previsión para el Personal del Estado y Servicios Públicos s/ reajustes por movilidad', votos concurrentes de los jueces Nazareno, Moliné O'Connor, Boggiano, López y Vázquez, fallada con fecha 27 de diciembre de 1996, a cuyas consideraciones, en lo pertinente, cabe remitirse por razón de brevedad."

"Los jueces Fayt, Belluscio, Petracchi y Bossert se remiten a sus respectivos votos en la citada causa, por lo que estiman que los recursos deberían ser admitidos con los alcances que surgen de sus fundamentos."

"Que los agravios referentes a la tasa de intereses suscitan el tratamiento de temas similares a los resueltos por la Corte en las causas B.876.XXV 'Banco Sudameris c/ Belcam S.A. y otra', del 17 de mayo de 1994 y G.602.XXVIII 'Gil, Arnaldo Vicente c/ INPS - Caja Nacional de Previsión para el Personal del Estado y Servicios Públicos' del 12 de marzo de 1996, de las que resulta el criterio concurrente adverso a la procedencia del recurso de los jueces Nazareno, Moliné O'Connor, López, Vázquez, Belluscio, Petracchi y Bossert."

Los jueces Boggiano y Fayt se remiten, en lo pertinente, a sus votos en las causas L.44.XXIV "López, Antonio Manuel c/ Explotación Pesquera de la Patagonia S.A." y A.179.XXIV "Acopionor S.A. s/ concurso preventivo".

Normas que cita

  • Ley 24.463arts. 7, inc. 1°, apartado b · Solidaridad previsional
  • Ley 24.241Sistema integrado de jubilaciones y pensiones

Fallos que cita

  • Chocobar, Sixto Celestino c/ Caja Nacional de Previsión para el Personal del Estado y Servicios Públicos s/ reajustes por movilidadCSJN · 27/12/1996
  • Banco Sudameris c/ Belcam S.A. y otraCSJN · 17/05/1994
  • Gil, Arnaldo Vicente c/ INPS - Caja Nacional de Previsión para el Personal del Estado y Servicios PúblicosCSJN · 12/03/1996
  • López, Antonio Manuel c/ Explotación Pesquera de la Patagonia S.A.CSJN · 10/06/1992
  • Acopionor S.A. s/ concurso preventivoCSJN · 09/06/1994

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