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Corte Suprema

SANTA EUGENIA PEDRO ANTONIO Y OTROS c/ CAJA DE RETIROS, JUBILACIONES Y PENSIONES DE LA POLICIA FEDERAL s/S/PERSONAL MILITAR Y CIVIL DE LAS FUERZAS ARMADAS Y DE SEGURIDAD

Un grupo numeroso de integrantes de las fuerzas de seguridad y de sus familias reclamó contra la Caja de Retiros, Jubilaciones y Pensiones de la Policía Federal Argentina y el Estado Nacional por la naturaleza de determinadas asignaciones creadas por los decretos 2133/91 y 713/92. La Corte Suprema declaró admisibles los recursos extraordinarios y, con el alcance indicado, confirmó las sentencias apeladas, remitiendo a los fundamentos de la causa Mallo.

Fecha de la sentencia
Tribunal
CORTE SUPREMA DE JUSTICIA DE LA NACIÓN
Fuero
CORTE SUPREMA DE JUSTICIA DE LA NACIÓN
Jurisdicción
Federal · Ciudad de Buenos Aires
Expediente
S. 861. XL. REX
Recurso extraordinario Caja de retiros Jubilaciones y pensiones de la policia federal Fuerzas de seguridad Decreto 2133/91 Decreto 713/92 Asignaciones no remunerativas Haber previsional Retiro policial Remision a precedente (mallo) Costas por su orden

¿Quién es el actor?

Pedro Antonio Santa Eugenia y otros (más de un centenar de causas acumuladas, con personal en actividad, retirado y pensionistas de las fuerzas de seguridad y sus causahabientes).

¿A quién se demanda?

Caja de Retiros, Jubilaciones y Pensiones de la Policía Federal Argentina y Estado Nacional (Ministerio del Interior).

¿Cuál es el objeto del reclamo?

Reclamos relativos a la naturaleza de las asignaciones creadas por los decretos 2133/91 y 713/92, en particular su eventual incidencia en el haber previsional y en la base de cálculo de los beneficios.

¿Qué se resolvió?

La Corte declaró admisibles los recursos extraordinarios y, con el alcance indicado, confirmó las sentencias apeladas. Impuso las costas por su orden. La decisión remite, en lo pertinente, a las consideraciones de la causa "Mallo, Carlos Héctor y otros c/ Caja de Retiros, Jubilaciones y Pensiones de la Policía Federal s/ personal militar y civil de las fuerzas armadas y de seguridad" (sentencia del 29 de noviembre de 2005), dictada con votos concurrentes.

¿Cuáles son los fundamentos principales?

El fallo es breve y no desarrolla argumentos propios. Expresa: "Que los planteos de la recurrente respecto de la naturaleza de las asignaciones creadas por los decretos 2133/91 y 713/92 remiten al examen de cuestiones sustancialmente análogas a las resueltas en la causa: M.108. XL. 'Mallo, Carlos Héctor y otros c/ Caja de retiros, Jubilaciones y Pensiones de la Policía Federal s/ personal militar y civil de las fuerzas armadas y de seguridad' -votos concurrentes-, sentencia del 29 de noviembre de 2005, a cuyas consideraciones corresponde remitir, en lo pertinente, en razón de brevedad."

Por ello, la Corte resolvió: "se declaran admisibles los recursos extraordinarios y, con el alcance indicado, se confirman las sentencias apeladas. Costas por su orden."

Dado que la decisión remite a "Mallo", los fundamentos sustanciales deben buscarse en ese precedente, no en esta sentencia.

Normas que cita

  • Decreto 2133
  • Decreto 713

Fallos que cita

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