JurisprudenciaARG
Corte Suprema

HAMBURG SUD SUCURSAL ARGENTINA c/ FORD ARGENTINA S.A. s/COBRO DE FLETES

La Procuración General dictaminó hacer lugar al recurso extraordinario en una demanda ejecutiva por cobro de flete de un contrato de transporte marítimo internacional expresado en dólares estadounidenses. Propuso revocar la sentencia apelada en cuanto a la aplicación de la legislación de emergencia (ley 25.561, decreto 214/02 y ley 25.820).

Fecha de la sentencia
Tribunal
CORTE SUPREMA DE JUSTICIA DE LA NACIÓN
Fuero
CORTE SUPREMA DE JUSTICIA DE LA NACIÓN
Jurisdicción
Federal · Ciudad de Buenos Aires
Expediente
H. 31. XLI. REX
Recurso extraordinario Legislacion de emergencia Ley 25.561 Decreto 214/02 Ley 25.820 Pesificacion Contrato de transporte maritimo Cobro de flete Dolar estadounidense Ejecucion

¿Quién es el actor?

DESCONOCIDO (no surge del dictamen)

¿A quién se demanda?

DESCONOCIDO (no surge del dictamen)

¿Cuál es el objeto del reclamo?

Cobro de flete en base a un contrato de transporte de mercadería expresado en dólares estadounidenses, en el marco de una demanda ejecutiva.

¿Qué se resolvió?

Hacer lugar al recurso extraordinario y revocar la sentencia apelada con el alcance indicado en el dictamen.

¿Cuáles son los fundamentos principales?

"Si bien en el sub lite se trata de una demanda ejecutiva por cobro de flete en base a un contrato de transporte de mercadería expresado en dólares estadounidenses, las cuestiones materia de recurso, en orden a la constitucionalidad y aplicación de la legislación de emergencia (ley 25.561, decreto 214/02, y ley 25.820), guardan sustancial analogía con las examinadas en la causa: S.C. P. 122, L. XXXIX, caratulada 'Pérsico, Luigi c/ Maffulli, Ciro y otro s/ Ejecución Hipotecaria' dictaminada por esta Procuración el día 26 de octubre de 2004, a cuyos términos y consideraciones vertidas en los ítems VII a XI y XIII a XV cabe remitir en lo pertinente por razones de brevedad."

"A todo evento, no está demás señalar que no altera el criterio allí expuesto, el hecho de que en autos se trate de un contrato de transporte marítimo internacional, especialmente si se tiene presente que las partes no han invocado encontrarse alcanzadas por algún régimen de excepción que eventualmente las desligara de la legislación de emergencia, ni que correspondiera aplicar al contrato legislación extranjera."

"Dado el alcance con el que ha sido concedido el recurso a fs. 357/vta., no corresponde tratar los agravios relativos a la arbitrariedad de la sentencia."

Normas que cita

Fallos que cita

  • Pérsico, Luigi c/ Maffulli, Ciro y otro s/ Ejecución HipotecariaCSJN · 26/10/2004

El resumen se genera automáticamente con fines informativos: no es información oficial ni opinión legal, y no reemplaza la lectura del fallo completo. Para cualquier decisión, consultá la sentencia original con un profesional.

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