JurisprudenciaARG
Corte Suprema

EMPRESA PESQUERA DE LA PAT Y ANT S.A. (PESANTAR) TF 10085-A c/ DGA s/RECURSO

La Corte Suprema declaró procedente el recurso extraordinario interpuesto por Empresa Pesquera de la Patagonia y Antártida S.A. en su reclamo de reembolsos de exportaciones. Revocó la sentencia de la Cámara Contencioso Administrativa Federal por entender que las exportaciones posteriores al decreto 888/92 se rigen por la ley 23.018 y no por el régimen promocional de la ley 19.640.

Fecha de la sentencia
Tribunal
CORTE SUPREMA DE JUSTICIA DE LA NACIÓN
Fuero
CORTE SUPREMA DE JUSTICIA DE LA NACIÓN
Jurisdicción
Federal · Ciudad de Buenos Aires
Expediente
E. 244. XXXVIII. REX
Reembolsos de exportacion Area aduanera especial Ley 19.640 Decreto 888/92 Decreto 1139/88 Ley 23.018 Regimen promocional Direccion general de aduanas Recurso extraordinario Derecho aduanero.

¿Quién es el actor?

Empresa Pesquera de la Patagonia y Antártida S.A. (Pesantar).

¿A quién se demanda?

Dirección General de Aduanas.

¿Cuál es el objeto del reclamo?

reembolsos por exportaciones de productos con origen en el Área Aduanera Especial creada por el art. 10 de la ley 19.640, invocando el decreto 1139/88 (modificado por el decreto 1345/88).

¿Qué se resolvió?

se declaró formalmente procedente el recurso extraordinario y se revocó la sentencia apelada, con costas.

¿Cuáles son los fundamentos principales?

"Que resulta aplicable la doctrina establecida por esta Corte en la causa 'Prodesur S.A. (10.207-A) c/ Dirección General de Aduanas' publicada en Fallos: 326:3467, a cuyos fundamentos y conclusiones cabe remitirse, en lo pertinente, en razón de brevedad."

"...el decreto 888/92 dispuso que, a partir de la fecha de su vigencia las exportaciones al extranjero de productos que acrediten su origen en el Area Aduanera Especial creada por el art. 10 de la ley 19.640, se atendrán a la legislación general vigente para todo el país en materia de estímulos a la exportación (art. 1°). Ello en razón de que el Poder Ejecutivo, según lo expresó en los fundamentos de dicho decreto, consideró que no se justificaba 'la superposición de normas tendientes a un mismo fin'."

"...cabe concluir que las exportaciones por las cuales la actora formula su reclamo efectuadas con posterioridad al mencionado decreto 888/92 se encuentran regidas por las reglas de la ley 23.018."

Dictamen del Procurador General adoptado por la mayoría de la Corte.

Normas que cita

  • Ley 19.640art. 10 · Zona franca- creacion
  • Decreto 1139
  • Decreto 1345
  • Decreto 888art. 1
  • Ley 23.018Exportaciones

Fallos que cita

  • Prodesur S.A. (10.207-A) c/ Dirección General de AduanasCSJN · Fallos 326:3467

El resumen se genera automáticamente con fines informativos: no es información oficial ni opinión legal, y no reemplaza la lectura del fallo completo. Para cualquier decisión, consultá la sentencia original con un profesional.

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