JurisprudenciaARG
Corte Suprema

BASSI HECTOR LEONARDO c/ ANSES s/REAJUSTES VARIOS

El jubilado Héctor Leonardo Bassi reclamó el reajuste de su haber previsional contra la ANSeS, y la Corte Suprema rechazó su planteo posterior sobre la aplicación de otros precedentes. La Corte declaró procedente el recurso ordinario de la ANSeS y confirmó la sentencia apelada, remitiendo a sus precedentes Spitale y Perletto sobre tasa de interés y plazos de cumplimiento.

Fecha de la sentencia
Tribunal
CORTE SUPREMA DE JUSTICIA DE LA NACIÓN
Fuero
CORTE SUPREMA DE JUSTICIA DE LA NACIÓN
Jurisdicción
Federal · Ciudad de Buenos Aires
Expediente
B. 1721. XXXIX. ROR
Reajuste previsional Haber jubilatorio Tasa pasiva de interes Anses Recurso ordinario Recurso extraordinario Ley 24.463 Plazo de cumplimiento Precedente spitale Precedente perletto

¿Quién es el actor?

Héctor Leonardo Bassi.

¿A quién se demanda?

Administración Nacional de la Seguridad Social (ANSeS).

¿Cuál es el objeto del reclamo?

reajustes varios del haber previsional.

¿Qué se resolvió?

se rechazó el planteo formulado por el actor; se declaró procedente el recurso ordinario deducido por la ANSeS y se confirmó la sentencia apelada con el alcance que surge de las consideraciones de la Corte.

¿Cuáles son los fundamentos principales?

"Las cuestiones que se suscitan en la presente causa, vinculadas con la tasa pasiva de interés encuentran adecuada respuesta en el precedente de Fallos: 327:3721 ('Spitale'), a cuyos fundamentos cabe remitir por razones de brevedad." (considerando 1°)

"Los agravios relacionados con el plazo y las modalidades de cumplimiento de la sentencia de reajuste previsional, resultan sustancialmente análogos a los resueltos en Fallos: 325:98 ('Perletto') y el recurrente no se hace cargo de ello, dado que en su memorial de agravios no realiza crítica alguna a lo sostenido en dicho antecedente." (considerando 2°)

"Las objeciones referentes a una supuesta declaración de inconstitucionalidad de los arts. 16 y 17 de la ley 24.463, deben ser desestimadas por no guardar relación con lo decidido, solución que también resulta aplicable a los restantes cuestionamientos de la ANSeS que no se refieren a aspectos específicos de la sentencia apelada." (considerando 3°)

"El planteo realizado por el jubilado con posterioridad al vencimiento de los plazos y tendiente a que se aplique el precedente del Tribunal S.2578.XXXVIII. 'Sánchez, María del Carmen c/ ANSeS s/ reajustes varios', remiten al examen de cuestiones sustancialmente análogas a las examinadas por esta Corte en las causas A.1333.XXXVIII. 'Andino, Basilio Modesto c/ ANSeS s/ reajustes varios' y C.617.XLI 'Cortiñaz, Susana Emilia c/ ANSeS s/ reajustes varios', falladas el 9 de agosto de 2005, cuyos fundamentos se dan por reproducidos." (considerando 4°)

Normas que cita

  • Ley 24.463arts. 16, 17 · Solidaridad previsional
  • Constitución Nacional

Fallos que cita

  • SpitaleCSJN · Fallos 327:3721
  • PerlettoCSJN · Fallos 325:98
  • Andino, Basilio Modesto c/ ANSeS s/ reajustes variosCSJN · 09/08/2005
  • Cortiñaz, Susana Emilia c/ ANSeS s/ reajustes variosCSJN · 09/08/2005

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