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Corte Suprema

FERNANDEZ KULISEK E HIJOS S.R.L. c/ BUENOS AIRES, PROVINCIA DE Y OTRO s/DAÑOS Y PERJUICIOS

La Corte Suprema hizo lugar a la demanda de daños por la colisión entre una camioneta particular y un patrullero, y condenó a la Provincia de Buenos Aires a pagar $ 19.274,98 con intereses. El tribunal atribuyó la culpa al conductor policial, que no respetó la prioridad de paso al ingresar a la avenida desde una calle de tierra.

Fecha de la sentencia
Tribunal
CORTE SUPREMA DE JUSTICIA DE LA NACIÓN
Fuero
CORTE SUPREMA DE JUSTICIA DE LA NACIÓN
Jurisdicción
Federal · Ciudad de Buenos Aires
Expediente
F. 28. XXVII. ORI
Responsabilidad civil Danos y perjuicios Accidente de transito Vehiculo policial Prioridad de paso Art. 1113 codigo civil Riesgo de la cosa Lucro cesante Citacion en garantia Competencia originaria

¿Quién es el actor?

Fernández Kulisek e Hijos S.R.L.

¿A quién se demanda?

Provincia de Buenos Aires; citada en garantía: Caja Nacional de Ahorro y Seguro.

¿Cuál es el objeto del reclamo?

indemnización por daño emergente (reparación del rodado), desvalorización del vehículo y lucro cesante por la inmovilización de la camioneta.

¿Qué se resolvió?

condena a la Provincia a pagar $ 19.274,98 con intereses, con costas, y extensión de la condena a la aseguradora citada.

¿Cuáles son los fundamentos principales?

"...la infracción cometida por el conductor del patrullero, quien no tomó las precauciones necesarias para su ingreso en una avenida, fue la causa eficiente del accidente, motivo por el cual debe admitirse la responsabilidad de la Provincia de Buenos Aires, en su calidad de propietaria del vehículo (art. 1113, 2° párrafo, del Código Civil)." "...la prioridad de paso no tiene carácter absoluto y sólo juega cuando ambos vehículos ingresan en forma simultánea o casi simultánea a la bocacalle..." "...el rodado del actor se encontraba ya cruzando la calle de tierra cuando fue embestido por el auto policial..."

¿Cómo votaron los jueces?

Belluscio, Petracchi, Boggiano y Nazareno/Fayt propusieron reducir la indemnización a $ 14.274,98 (lucro cesante fijado en $ 5.000) y cambiar la tasa de interés; Vázquez fundó la responsabilidad en la culpa (art. 1109) y no en el riesgo (art. 1113).

Normas que cita

  • Civilarts. 1113, 1109, 512
  • Ley 13.893 (Buenos Aires)arts. 49 inc. b, 75, 76
  • Ley 5800 (Buenos Aires)arts. 71 inc. 2, 93, 94
  • Ley 17.418art. 118 · Seguros
  • Ley 21.839arts. 6, 7, 9, 13, 37, 39 · Aranceles y honorarios de abogados
  • CPCCNarts. 165, 68 · Codigo procesal civil y comercial de la nacion
  • Constitución Nacionalarts. 116, 117
  • Ley 340

Fallos que cita

  • Alejandro Vari S.A.I. y C. c/ Buenos Aires, Provincia deCSJN · 15/07/1997
  • Pérez, María Elisa y otra c/ San Luis, Provincia deCSJN · 15/07/1997
  • Simón, Francisco c/ Buenos Aires, Provincia deCSJN · 30/03/1993 · Fallos 310:2804
  • Fallos 297:210CSJN
  • Fallos 306:1988CSJN
  • Fallos 317:1921CSJN

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