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Corte Suprema

FISCAL DE ESTADO DE LA PROVINCIA DE BUENOS AIRES s/PLANTEA INCONSTITUCIONALIDAD DEL DECRETO N° 5092/89

El Fiscal de Estado de la Provincia de Buenos Aires demandó la inconstitucionalidad del decreto 5092/89, por el cual el gobernador vetó un proyecto de ley de estatuto y escalafón de su personal. La Corte Suprema hizo lugar a la queja, declaró procedente el recurso extraordinario y dejó sin efecto la sentencia de la Suprema Corte bonaerense por falta de mayoría sustancial sobre la solución de la cuestión.

Fecha de la sentencia
Tribunal
CORTE SUPREMA DE JUSTICIA DE LA NACIÓN
Fuero
CORTE SUPREMA DE JUSTICIA DE LA NACIÓN
Jurisdicción
Federal · Ciudad de Buenos Aires
Expediente
F. 288. XXXIII. RHE
Recurso extraordinario Queja Inconstitucionalidad Veto del poder ejecutivo Decreto 5092/89 Proyecto de ley reiterado Sentencia sin mayoria Provincia de buenos aires Fiscalia de estado Constitucion provincial

¿Quién es el actor?

Fiscal de Estado de la Provincia de Buenos Aires (Ricardo Szelagowski).

¿A quién se demanda?

Provincia de Buenos Aires, representada por el gobernador, quien dictó el decreto 5092/89.

¿Cuál es el objeto del reclamo?

Que se declare la inconstitucionalidad del decreto 5092/89, por el cual el gobernador vetó el proyecto de ley "Estatuto Escalafón para el Personal de la Fiscalía de Estado", por considerar que el veto violaba el artículo 98 de la Constitución provincial (art. 111 tras la reforma de 1994).

¿Qué se resolvió?

La Corte Suprema hizo lugar a la queja, declaró procedente el recurso extraordinario y dejó sin efecto la sentencia de la Suprema Corte de Buenos Aires, ordenando que se dicte un nuevo fallo. Con costas.

¿Cuáles son los fundamentos principales?

Según el considerando 3°: "si bien lo referente al modo en que emiten sus votos los jueces de los tribunales colegiados y lo atinente a las formalidades de las sentencias es materia ajena al recurso extraordinario (Fallos: 304:154 y sus citas), corresponde hacer excepción a dicha regla cuando no existe mayoría de opiniones sustancialmente coincidentes sobre la solución de la cuestión debatida (...), lo que invalida el pronunciamiento".

Según el considerando 4°: "los tres jueces que consideraron que el gobernador vetó el proyecto de ley en una oportunidad en la que podía válidamente hacerlo (...), examinaron la cuestión como si se tratase de un mismo proyecto de ley vuelto a sancionar por la legislatura. Esta circunstancia contradice el argumento expuesto por los jueces que habían estimado que se trataba de dos proyectos distintos y no se advierte que la simple remisión hecha por los primeros a las razones 'concordantes' de estos últimos -sin expresar en qué consistiría tal concordancia- permita superar la discrepancia señalada."

Sobre el fondo del planteo, el tribunal provincial había sostenido por mayoría que el veto no transgredía el artículo 98 de la Constitución bonaerense: dos jueces entendieron que el veto recayó sobre un proyecto distinto del anterior, y otros tres que recayó sobre un proyecto sancionado en un período posterior al "subsiguiente". La Corte Suprema no se pronunció sobre estos argumentos, sino que invalidó la sentencia por la falta de mayoría coincidente.

Normas que cita

  • Constitución (Buenos Aires)art. 98 (actual art. 111)
  • Decreto 5092 (Buenos Aires)

Fallos que cita

  • Fallos 304:154CSJN
  • Fallos 305:2218CSJN
  • Fallos 308:139CSJN
  • Fallos 312:1058CSJN
  • Fallos 313:475CSJN

El resumen se genera automáticamente con fines informativos: no es información oficial ni opinión legal, y no reemplaza la lectura del fallo completo. Para cualquier decisión, consultá la sentencia original con un profesional.

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