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Corte Suprema

VAZQUEZ ADOLFO c/ ANSES MINISTERIO DE TRABAJO SEC. SEG. SOCIAL s/REAJUSTES VARIOS

La Corte Suprema revocó la sentencia de la Sala III de la Cámara Federal de la Seguridad Social en el reajuste del haber jubilatorio de Adolfo Vázquez y remitió a los precedentes Brochetta y Spitale para fijar la movilidad aplicable y la tasa de interés. El tribunal aplicó la doctrina fijada en esos precedentes sobre la extensión temporal de la movilidad y la tasa pasiva de interés, y tuvo por firme la equiparación escalafonaria ordenada en primera instancia.

Fecha de la sentencia
Tribunal
CORTE SUPREMA DE JUSTICIA DE LA NACIÓN
Fuero
CORTE SUPREMA DE JUSTICIA DE LA NACIÓN
Jurisdicción
Federal · Ciudad de Buenos Aires
Expediente
V. 99. XL. ROR
Reajuste jubilatorio Movilidad Ley 22.955 Ley 23.966 Tasa pasiva de interes Equiparacion escalafonaria Junta nacional de granos Anses Recurso ordinario Seguridad social

¿Quién es el actor?

Adolfo Vázquez.

¿A quién se demanda?

ANSeS (Ministerio de Trabajo, Secretaría de Seguridad Social).

¿Cuál es el objeto del reclamo?

reajuste del haber jubilatorio por movilidad (ley 22.955 y posteriores), tasa de interés aplicable y equiparación escalafonaria con organismos afines a la ex Junta Nacional de Granos.

¿Qué se resolvió?

la mayoría revocó la sentencia apelada "con el alcance que surge de las causas 'Brochetta' y 'Spitale'". La cuestión de la equiparación escalafonaria no fue objeto de agravios ante la cámara y quedó firme.

¿Cuáles son los fundamentos principales?

Considerando 4°: "Las impugnaciones de la ANSeS vinculadas con la extensión temporal de la pauta de movilidad dispuesta por la cámara remiten al examen de cuestiones sustancialmente análogas a las resueltas por el Tribunal en el precedente B.4199.XXXVIII. 'Brochetta, Rafael Anselmo c/ ANSeS s/ reajustes varios', fallado el 8 de noviembre de 2005, cuyos fundamentos se dan por reproducidos. La juez Argibay se remite a su disidencia en la causa mencionada."

Considerando 5°: "Las objeciones del organismo previsional relacionadas con la tasa pasiva de interés encuentran adecuada respuesta en el precedente publicado en Fallos: 327:3721 ('Spitale'), al que corresponde remitir."

Considerando 6°: "Dicha cuestión ha sido resuelta por la juez de primera instancia en el fallo ampliatorio de fs. 85/86 y ha quedado firme pues ninguna de las partes expresó agravios ante la cámara acerca de ese tema cuya solución, por otra parte, coincide con las pretensiones expuestas por la recurrente."

Normas que cita

Fallos que cita

  • Brochetta, Rafael Anselmo c/ ANSeS s/ reajustes variosCSJN · 08/11/2005
  • SpitaleCSJN · Fallos 327:3721

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