ORSI SOFIA MARTA c/ ANSES s/REAJUSTES VARIOS
La actora reclamó el reajuste de su haber jubilatorio de carácter mixto, cuestionando el cómputo de los aportes como autónomo y la movilidad aplicada. La Corte Suprema confirmó parcialmente la sentencia de la Cámara Federal de la Seguridad Social y la revocó en cuanto al alcance del reajuste, remitiendo a sus precedentes Spitale, Sánchez y Makler.
¿Quién es el actor?
Sofía Marta Orsi, titular de un haber jubilatorio de carácter mixto.
¿A quién se demanda?
Administración Nacional de la Seguridad Social (ANSeS).
¿Cuál es el objeto del reclamo?
reajuste de los haberes jubilatorios, incluyendo el cómputo de la totalidad de los años aportados como autónomo para el cálculo del haber inicial (en lugar de los últimos quince), la movilidad establecida por la ley 18.037 frente a la ley 23.928, la inconstitucionalidad de artículos de la ley 21.864, y cuestiones vinculadas a la tasa de interés y al plazo de cumplimiento de la sentencia.
¿Qué se resolvió?
la Corte confirmó parcialmente la sentencia apelada y la revocó con el alcance que surge de los precedentes citados. La decisión remite a los fundamentos de "Makler", "Badaracco", "Arregui", "Sánchez", "Iglesias", "Spitale" y "Perletto".
¿Cuáles son los fundamentos principales?
Los agravios sobre el cómputo de la totalidad de los años aportados como autónomo suscitan cuestiones sustancialmente análogas a las resueltas en "Makler", "Badaracco" y "Arregui", a las que se remite por razón de brevedad.
La cuestión relativa a que la ley 23.928 no afectó la movilidad establecida por la ley 18.037 guarda sustancial analogía con lo examinado en "Sánchez", "cuyos fundamentos y conclusiones se dan por reproducidos".
Respecto de la inconstitucionalidad de diversos artículos de la ley 21.864: "habida cuenta de que no existen diferencias a abonar correspondientes al período de vigencia de esa norma, expedirse sobre su invalidez constitucional resulta una cuestión abstracta".
Las impugnaciones de la demandada sobre la tasa pasiva de interés "encuentran adecuada respuesta en Fallos: 327:3721 ('Spitale')".
Las objeciones sobre el plazo y las modalidades de cumplimiento de la sentencia "resultan sustancialmente análogas a las resueltas en Fallos 325:98 ('Perletto'), y el recurrente no se hace cargo de ello".
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Normas que cita
- Ley 24.463art. 19 · Solidaridad previsional
- Ley 18.037Nuevo regimen de jubilaciones y pensiones
- Ley 23.928Convertibilidad del austral
- Ley 21.864Aportes y deudas previsionales
Fallos que cita
- Makler, Simón c/ ANSeS s/ inconstitucionalidad ley 24.463CSJN · 20/05/2003
- Arregui, Aldo José c/ ANSeS s/ amparos y sumarísimosCSJN · 06/06/2006
- Sánchez, María del Carmen c/ ANSeS s/ reajustes variosCSJN · 28/07/2005
- Iglesias, Julio c/ ANSeS s/ reajustes variosCSJN · 15/08/2006
- SpitaleCSJN · Fallos 327:3721
- PerlettoCSJN · Fallos 325:98
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