ZAMORANO FRANCISCO c/ ANSES s/REAJUSTES VARIOS
La Corte Suprema declaró procedentes los recursos ordinarios y confirmó la sentencia de la Cámara Federal de la Seguridad Social en el caso Zamorano, ordenando a la ANSeS dar cumplimiento a la parte consentida del fallo. Respecto de la tasa de interés, la Corte confirmó lo decidido remitiendo al precedente Spitale, y declaró desiertos los agravios vinculados a la inconstitucionalidad de la ley 25.561 y a los arts. 22 y 23 de la ley 24.463.
¿Quién es el actor?
Francisco Zamorano.
¿A quién se demanda?
Administración Nacional de la Seguridad Social (ANSeS).
¿Cuál es el objeto del reclamo?
reajustes varios del haber jubilatorio, incluyendo la determinación del haber inicial, la movilidad de la prestación a partir del 11 de enero de 2002, la aplicación de la jurisprudencia de "Sánchez" y la tasa de interés aplicable.
¿Qué se resolvió?
la Corte declaró procedentes los recursos ordinarios de ambas partes, confirmó la sentencia apelada con el alcance que surge del precedente "Spitale" y ordenó a la ANSeS dar cumplimiento a la parte consentida del fallo impugnado. Las actuaciones deberán ser devueltas al Tribunal a los fines indicados en la causa "Badaro" si la parte actora lo requiriese.
¿Cuáles son los fundamentos principales?
Considerando 2°: "Que el pedido de el actor de que se fije una movilidad a su prestación a partir del 11 de enero de 2002, lleva a la consideración de cuestiones sustancialmente análogas a las examinadas en la causa B.675.XLI. 'Badaro, Adolfo Valentín c/ ANSeS s/ reajustes varios', fallada el 8 de agosto pasado, a la que cabe remitir."
Considerando 3°: "Que los agravios referentes a la inconstitucionalidad de la ley 25.561, en cuanto preservó la prohibición de indexar contenida en la ley 23.928, no demuestran el perjuicio actual y concreto que la aplicación de esa norma podría ocasionarle, circunstancia que llevan a declarar la deserción del remedio intentado sobre el punto."
Considerando 4°: "Que la denuncia de nueva jurisprudencia que el jubilado formula con posterioridad al vencimiento de los plazos, dirigida a que se aplique lo decidido en el precedente de Fallos: 328:1602 y 2833 ('Sánchez'), es sustancialmente análogo al resuelto en las causas A.1333.XXXVIII. 'Andino, Basilio Modesto c/ ANSeS s/ reajustes varios' y C.617 L.XLI 'Cortiñaz, Susana Emilia c/ ANSeS s/ reajustes varios', falladas el 9 de agosto de 2005, cuyos fundamentos se dan por reproducidos."
Considerando 5°: "Que los agravios de la demandada vinculados con la tasa pasiva de interés encuentran adecuada respuesta en Fallos: 327:3721 ('Spitale'), por lo que corresponde confirmar lo decidido sobre el punto."
Considerando 6°: "Que las impugnaciones del organismo administrativo relacionadas con una supuesta declaración de invalidez de los arts. 22 y 23 de la ley 24.463 no guardan relación con lo resuelto por el a quo, lo que lleva a declarar desierto el remedio intentado."
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Normas que cita
- Ley 24.463arts. 19, 22, 23 · Solidaridad previsional
- Ley 25.561Emergencia publica y reforma del regimen cambiario
- Ley 23.928Convertibilidad del austral
Fallos que cita
- Badaro, Adolfo Valentín c/ ANSeS s/ reajustes variosCSJN · 08/08/2006
- SánchezCSJN · Fallos 328:1602
- Andino, Basilio Modesto c/ ANSeS s/ reajustes variosCSJN · 09/08/2005
- Cortiñaz, Susana Emilia c/ ANSeS s/ reajustes variosCSJN · 09/08/2005
- SpitaleCSJN · Fallos 327:3721
El resumen se genera automáticamente con fines informativos: no es información oficial ni opinión legal, y no reemplaza la lectura del fallo completo. Para cualquier decisión, consultá la sentencia original con un profesional.
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