DURO MARIO JOSE c/ ANSES s/REAJUSTES VARIOS
El actor reclamó el reajuste de su haber jubilatorio ante la ANSeS, con cuestionamientos sobre la movilidad aplicada, la tasa de interés y el mecanismo de cumplimiento de la sentencia. La Corte rechazó el planteo del actor, confirmó la tasa de interés fijada por el precedente Spitale y dispuso que la ANSeS cumpla lo resuelto.
¿Quién es el actor?
Mario José Duro.
¿A quién se demanda?
Administración Nacional de la Seguridad Social (ANSeS).
¿Cuál es el objeto del reclamo?
reajuste de haberes previsionales (reajustes varios), incluyendo la movilidad aplicada al período posterior al 31/03/1995, el método de movilidad desde el 11/01/2002, la aplicación del precedente "Sánchez" y la tasa de interés.
¿Qué se resolvió?
se rechazó el planteo del actor de fs. 160/168; se declararon procedentes los recursos ordinarios deducidos; se confirmó la sentencia apelada en cuanto a la tasa de interés según "Spitale"; y se ordenó a la ANSeS dar cumplimiento a la parte consentida del fallo impugnado y a lo resuelto, con devolución oportuna de las actuaciones al Tribunal a los fines indicados en "Badaro" si la parte lo requiriese.
¿Cuáles son los fundamentos principales?
Considerando 2°: "los agravios del actor que se refieren al precedente de Fallos: 322:2226 ('Heit Rupp') y el pedido de que se fije un método de movilidad para el período posterior al 30 de marzo de 1995, y más particularmente desde el 11 de enero de 2002, llevan a la consideración de temas sustancialmente análogos a los examinados en la causa B.675.XLI. 'Badaro, Adolfo Valentín c/ ANSeS s/ reajustes varios', fallada el 8 de agosto pasado, cuyos fundamentos se dan por reproducidos."
Considerando 3°: "las objeciones de las partes dirigidas a objetar la tasa de interés aplicada, encuentran adecuada respuesta en el precedente de Fallos: 327:2731 ('Spitale'), a cuyas conclusiones cabe remitir."
Considerando 4°: las cuestiones de la demandada vinculadas con el plazo y las modalidades de cumplimiento "resultan sustancialmente análogas a las resueltas en Fallos: 325:98 ('Perletto') y la recurrente no se hace cargo de ello".
Considerando 5°: "las impugnaciones relacionadas con el art. 16 de la ley 24.463, no pueden prosperar, pues la ANSeS no ha logrado demostrar el perjuicio concreto que le ha ocasionado la decisión de diferir, para la etapa de ejecución de sentencia, el tratamiento de la defensa a que se refiere dicha norma legal, circunstancia que conduce a declarar la deserción del recurso intentado en ese aspecto."
Considerando 6°: el planteo fundado en "Sánchez" (Fallos: 328:1602 y 2833), formulado tardíamente, "remite al examen de cuestiones sustancialmente análogas a las examinadas por esta Corte en las causas 'Andino' y 'Cortiñaz', falladas el 9 de agosto de 2005, a cuyas conclusiones cabe remitir."
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Normas que cita
- Ley 24.463arts. 19, 16 · Solidaridad previsional
Fallos que cita
- Heit RuppCSJN · Fallos 322:2226
- Badaro, Adolfo Valentín c/ ANSeS s/ reajustes variosCSJN · 08/08/2006
- SpitaleCSJN · Fallos 327:2731
- PerlettoCSJN · Fallos 325:98
- SánchezCSJN · Fallos 328:1602
- Andino, Basilio Modesto c/ ANSeS s/ reajustes variosCSJN · 09/08/2005
- Cortiñaz, Susana Emilia c/ ANSeS s/ reajustes variosCSJN · 09/08/2005
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