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Corte Suprema

FAINA RENE c/ ANSES s/

La Corte Suprema declaró procedentes los recursos extraordinarios interpuestos por jubilados contra la ANSES y las cajas previsionales, y revocó las sentencias en cuanto declaraban la inconstitucionalidad del artículo 55 de la ley 18.037. El fundamento remite a lo resuelto en la causa Panizza, dictada en 1998.

Fecha de la sentencia
Tribunal
CORTE SUPREMA DE JUSTICIA DE LA NACIÓN
Fuero
CORTE SUPREMA DE JUSTICIA DE LA NACIÓN
Jurisdicción
Federal · Ciudad de Buenos Aires
Expediente
F. 461. XXXI. REX
Reajuste por movilidad Haberes previsionales Ley 18.037 Articulo 55 Inconstitucionalidad Recurso extraordinario Caja nacional de prevision Anses Precedente panizza Remision.

¿Quién es el actor?

René Faina y otros jubilados (conforme listado de causas acumuladas).

¿A quién se demanda?

ANSES y cajas nacionales de previsión (INPS-Caja Nacional de Previsión de la Industria, Comercio y Actividades Civiles; Caja Nacional de Previsión para el Personal del Estado y Servicios Públicos).

¿Cuál es el objeto del reclamo?

reajustes por movilidad de haberes previsionales.

¿Qué se resolvió?

se declararon procedentes los recursos extraordinarios, con el alcance fijado en el precedente "Panizza", y se revocaron las sentencias apeladas en cuanto declaraban la inconstitucionalidad del artículo 55 de la ley 18.037.

¿Cuáles son los fundamentos principales?

el documento no desarrolla argumentación propia. Se limita a considerar que la cuestión es "sustancialmente análoga" a la resuelta en "Panizza" (7 de abril de 1998), y a remitir a sus consideraciones "en lo pertinente, por razón de brevedad". Por lo tanto, los fundamentos sustantivos deben buscarse en ese precedente.

Normas que cita

  • Ley 18.037art. 55 · Nuevo regimen de jubilaciones y pensiones

Fallos que cita

  • Panizza, Alfredo José c/ Caja Nacional de Previsión de la Industria, Comercio y Actividades Civiles s/ reajustes por movilidadCSJN · 07/04/1998

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