JurisprudenciaARG
Corte Suprema

GALIANO RAUL c/ ANSES s/REAJUSTES VARIOS

La Corte Suprema declaró procedentes los recursos ordinarios de las partes en un reclamo de reajuste previsional contra la ANSeS. Confirmó la sentencia en cuanto a la tasa de interés, conforme al precedente Spitale, y la revocó en cuanto a la movilidad aplicable, con el alcance fijado en Sánchez.

Fecha de la sentencia
Tribunal
CORTE SUPREMA DE JUSTICIA DE LA NACIÓN
Fuero
CORTE SUPREMA DE JUSTICIA DE LA NACIÓN
Jurisdicción
Federal · Ciudad de Buenos Aires
Expediente
G. 630. XXXIX. ROR
Reajuste previsional Movilidad jubilatoria Ley 23.928 Ley 24.463 Tasa pasiva de interes Inconstitucionalidad generica Anses sanchez spitale badaro

¿Quién es el actor?

Raúl Galiano.

¿A quién se demanda?

Administración Nacional de la Seguridad Social (ANSeS).

¿Cuál es el objeto del reclamo?

reajustes varios del haber previsional, en particular la movilidad aplicable en los períodos posteriores a la vigencia de la ley 23.928 y la tasa de interés.

¿Qué se resolvió?

se declararon procedentes los recursos ordinarios deducidos; se confirmó la sentencia apelada respecto de la tasa de interés, en concordancia con "Spitale"; se la revocó con el alcance que surge de "Sánchez"; y se hizo saber a la ANSeS que debe dar cumplimiento a la parte consentida del fallo impugnado y a lo resuelto, con remisión de las actuaciones y eventual devolución en los términos de "Badaro" si la actora lo requiriese.

¿Cuáles son los fundamentos principales?

Considerando 2°: "Que los planteos que se refieren a la movilidad que corresponde reconocer en los períodos posteriores a la vigencia de la ley 23.928, son similares a los que han sido examinados por el Tribunal en el precedente publicado en Fallos: 328:1602 y 2833 ('Sánchez') y en la causa B.675.XLI. 'Badaro, Adolfo Valentín c/ ANSeS s/ reajustes varios', fallada el 8 de agosto pasado, cuyos fundamentos y conclusiones se dan por reproducidos."

Considerando 3°: "Que el planteo de inconstitucionalidad de los arts. 16, 17, 22 y 23 de la ley 24.463 formulado por el titular, debe ser desestimado ya que resulta genérico y no ha demostrado el perjuicio concreto y actual que las normas impugnadas podrían haberle ocasionado."

Considerando 4°: "Que las impugnaciones de la ANSeS relacionadas con la tasa pasiva de interés, encuentran adecuada respuesta en el precedente de Fallos: 327:3721 ('Spitale'), a cuyas consideraciones cabe remitir."

Normas que cita

Fallos que cita

  • SánchezCSJN · Fallos 328:1602
  • Badaro, Adolfo Valentín c/ ANSeS s/ reajustes variosCSJN
  • SpitaleCSJN · Fallos 327:3721

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