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Corte Suprema

MOMDJIAN DIEGO JAVIER Y OTROS c/ PODER EJECUTIVO DE LA PROVINCIA DE BUENOS AIRES s/AMPARO

Los actores promovieron una acción de amparo contra el Poder Ejecutivo bonaerense por el decreto 490/98, que regula el horario de funcionamiento de locales bailables y nocturnos, alegando lesión a sus derechos de comerciar, trabajar y propiedad. La Corte Suprema confirmó que la competencia correspondía a la justicia local, por tratarse de un acto de una autoridad provincial y no nacional.

Fecha de la sentencia
Tribunal
CORTE SUPREMA DE JUSTICIA DE LA NACIÓN
Fuero
CORTE SUPREMA DE JUSTICIA DE LA NACIÓN
Jurisdicción
Federal · Ciudad de Buenos Aires
Expediente
M. 492. XXXIV. REX
Amparo Competencia federal Competencia local Garantias constitucionales Decreto provincial Horario de funcionamiento Locales bailables Libertad de comerciar Poder ejecutivo provincial Fuero federal.

¿Quién es el actor?

Diego Javier Momdjian y otros.

¿A quién se demanda?

Poder Ejecutivo de la Provincia de Buenos Aires.

¿Cuál es el objeto del reclamo?

Declaración de ilegalidad del decreto 490/98, que estableció el régimen de horario para confiterías bailables, discotecas, salas de baile, clubes, bares, cabarets y locales similares, por considerar lesionados los arts. 14, 14 bis y 17 de la Constitución Nacional.

¿Qué se resolvió?

Se confirmó la sentencia que se declaró incompetente, y la causa debe tramitar ante la justicia local.

¿Cuáles son los fundamentos principales?

"la violación de las garantías constitucionales relativas a la propiedad, libertad y vida de los habitantes de la República no sujeta, por sí sola, las causas que de ella surjan, al fuero federal, principio éste afirmado tanto en juicios de hábeas corpus, como de amparo."

"El mentado principio reconoce excepción, de acuerdo a esa jurisprudencia, cuando se invoque violación de garantías constitucionales por o contra una autoridad nacional."

"puesto que el decreto que habría causado las lesiones constitucionales de las que la actora se agravia ha sido dictado por el gobernador de la Provincia de Buenos Aires, no compete a la justicia federal entender en la causa."

Normas que cita

  • Constitución Nacionalarts. 14, 14 bis, 17
  • Decreto 490/98 (Provincia De Buenos Aires)

Fallos que cita

  • MarreseCSJN · Fallos 307:2249

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