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Corte Suprema

HADDAD MARIA MAGDALENA c/ ANSES s/REAJUSTES VARIOS

La Corte Suprema revocó la sentencia de la Cámara Federal de la Seguridad Social y ordenó a la ANSeS cumplir el reajuste del haber previsional de la actora conforme a los precedentes Sánchez y Badaro, declarando desierto el recurso de la demandada por falta de crítica de los agravios.

Fecha de la sentencia
Tribunal
CORTE SUPREMA DE JUSTICIA DE LA NACIÓN
Fuero
CORTE SUPREMA DE JUSTICIA DE LA NACIÓN
Jurisdicción
Federal · Ciudad de Buenos Aires
Expediente
H. 197. XXXVIII. ROR
Reajuste previsional Movilidad jubilatoria Ley 23.928 Ley 24.463 Inconstitucionalidad generica Recurso ordinario desierto Precedente sanchez Precedente badaro Cumplimiento de sentencia previsional Anses

¿Quién es el actor?

María Magdalena Haddad.

¿A quién se demanda?

Administración Nacional de la Seguridad Social (ANSeS).

¿Cuál es el objeto del reclamo?

reajuste del haber previsional de la actora, con reclamo sobre la movilidad aplicable en los períodos posteriores a la vigencia de la ley 23.928, y cuestionamiento de la constitucionalidad de los arts. 1, 2, 5, 9, 11, 16, 17, 22 y 23 de la ley 24.463.

¿Qué se resolvió?

se declaró desierto el recurso ordinario de la demandada y procedente el de la actora; se revocó la sentencia apelada con el alcance del fallo "Sánchez"; y se ordenó a la ANSeS dar cumplimiento a la parte consentida del fallo impugnado y a lo resuelto en la presente.

¿Cuáles son los fundamentos principales?

"Haddad... c/ ANSeS... Considerando: 2) Que los planteos de la demandante que se refieren a la movilidad que corresponde reconocer en los períodos posteriores a la vigencia de la ley 23.928, son similares a los que han sido examinados por el Tribunal en el precedente publicado en Fallos: 328:1602 y 2833 ('Sánchez') y en la causa B.675.XLI. 'Badaro, Adolfo Valentín c/ ANSeS s/ reajustes varios', fallada el 8 de agosto pasado, cuyos fundamentos y conclusiones se dan por reproducidos."

"3) Que el pedido de inconstitucionalidad de los arts. 1, 2, 5, 9, 11, 16, 17, 22 y 23 de la ley 24.463 formulado por la titular, debe ser desestimado ya que resulta genérico y no ha demostrado el perjuicio concreto y actual que las normas impugnadas podrían haberle ocasionado."

"4) Que las cuestiones planteadas por la demandada, vinculadas con el plazo y las modalidades de cumplimiento de la sentencia de reajuste previsional, resultan sustancialmente análogas a las resueltas en Fallos: 325:98 ('Perletto') y la recurrente no se hace cargo de ello, dado que en su memorial de agravios no realiza objeción alguna a lo sostenido en dicho antecedente."

Normas que cita

  • Ley 24.463arts. 1, 2, 5, 9, 11, 16, 17, 22, 23 · Solidaridad previsional
  • Ley 23.928Convertibilidad del austral

Fallos que cita

  • SánchezCSJN · Fallos 328:1602
  • Badaro, Adolfo Valentín c/ ANSeS s/ reajustes variosCSJN
  • PerlettoCSJN · Fallos 325:98

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