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Corte Suprema

BIENVENISTE ISAAC c/ INPS-CAJA NAC DE PREV DE LA INDUSTRIA,COM Y A CT CIVILES s/

La Corte Suprema desestimó el recurso extraordinario interpuesto por la demandada en un reclamo previsional contra el INPS - Caja Nacional de Previsión de la Industria, Comercio y Actividades Civiles, por la aplicación del sistema de topes máximos del art. 55 de la ley 18.037. El Tribunal confirmó la sentencia apelada remitiendo a los fundamentos de la causa Actis Caporale por resultar sustancialmente análoga, y declaró tardíos los agravios sobre el método de cálculo del haber inicial y el régimen de movilidad por estar firme y con autoridad de cosa juzgada la sentencia de la Sala I.

Fecha de la sentencia
Tribunal
CORTE SUPREMA DE JUSTICIA DE LA NACIÓN
Fuero
CORTE SUPREMA DE JUSTICIA DE LA NACIÓN
Jurisdicción
Federal · Ciudad de Buenos Aires
Expediente
B. 369. XXIX. RHE
Topes maximos Art. 55 ley 18.037 Haber inicial Movilidad de las prestaciones Cosa juzgada Recurso extraordinario Prevision social Inps Caja nacional de prevision de la industria Comercio y actividades civiles Tardividad de agravios

¿Quién es el actor?

Isaac Bienveniste.

¿A quién se demanda?

INPS - Caja Nacional de Previsión de la Industria, Comercio y Actividades Civiles.

¿Cuál es el objeto del reclamo?

reclamo previsional vinculado al sistema de topes máximos previsto en el art. 55 de la ley 18.037 y, en lo recurrido, al método de cálculo del haber inicial ordenado y al régimen de movilidad de las prestaciones.

¿Qué se resolvió?

se desestima el recurso extraordinario y se confirma la sentencia apelada con el alcance indicado.

¿Cuáles son los fundamentos principales?

"la cuestión referente al sistema de topes máximos del art. 55 de la ley 18.037, resulta sustancialmente análoga a la examinada y resuelta en la causa A.403.XXXII. 'Actis Caporale, Loredano Luis Adolfo c/ INPS - Caja Nacional de Previsión de la Industria, Comercio y Actividades Civiles', fallada con fecha 19 de agosto de 1999, a cuyos fundamentos cabe remitirse por razón de brevedad."

"los agravios propuestos, que se refieren al método de cálculo del haber inicial ordenado y al régimen de movilidad de las prestaciones, son tardíos respecto de la sentencia de la Sala I de fs. 33 que se encuentra firme y pasada en autoridad de cosa juzgada, sin que obste a ello la reiteración que efectuó la alzada sobre dichas cuestiones."

Normas que cita

  • Ley 18.037art. 55 · Nuevo regimen de jubilaciones y pensiones

Fallos que cita

  • Actis Caporale, Loredano Luis Adolfo c/ INPS - Caja Nacional de Previsión de la Industria, Comercio y Actividades CivilesCSJN · 19/08/1999

El resumen se genera automáticamente con fines informativos: no es información oficial ni opinión legal, y no reemplaza la lectura del fallo completo. Para cualquier decisión, consultá la sentencia original con un profesional.

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