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Corte Suprema

BIANCHI OFELIA NELLY c/ ANSES s/OTROS

La Corte Suprema confirmó la sentencia que dejó sin efecto la formulación de cargos por haberes previsionales indebidamente percibidos, en razón de la buena fe de la beneficiaria. El Tribunal remitió a sus precedentes Rossello (Fallos 326:3679) y Buenavida, que resuelven la facultad revocatoria de la administración y la aplicación del art. 786 del Código Civil.

Fecha de la sentencia
Tribunal
CORTE SUPREMA DE JUSTICIA DE LA NACIÓN
Fuero
CORTE SUPREMA DE JUSTICIA DE LA NACIÓN
Jurisdicción
Federal · Ciudad de Buenos Aires
Expediente
B. 2085. XXXIX. ROR
Seguridad social Beneficios previsionales Haberes indebidamente percibidos Buena fe Facultad revocatoria Cargos Art. 786 codigo civil Recurso ordinario Anses Restitucion de beneficios

¿Quién es el actor?

Ofelia Nelly Bianchi (beneficiaria previsional).

¿A quién se demanda?

Administración Nacional de la Seguridad Social (ANSeS).

¿Cuál es el objeto del reclamo?

restitución de beneficios; la ANSeS había formulado cargos por haberes percibidos indebidamente.

¿Qué se resolvió?

la Sala I de la Cámara Federal de la Seguridad Social confirmó la sentencia de primera instancia, que admitió parcialmente la demanda y dejó sin efecto la formulación de cargos en razón de la buena fe de la actora. La Corte Suprema declaró procedente el recurso ordinario de la ANSeS y confirmó la sentencia apelada.

¿Cuáles son los fundamentos principales?

Considerando 2): "los agravios de la demandada vinculados con la facultad revocatoria de la administración y con la aplicación al caso del 786 del Código Civil, encuentran adecuada respuesta en lo resuelto por este Tribunal en Fallos: 326:3679 ('Rossello, Josefa Esther'), y en la causa B.699.XLI. 'Buenavida, Julia c/ ANSeS s/ prestaciones varias', del 29 de noviembre de 2005, a cuyas consideraciones, en lo pertinente, corresponde remitir por razón de brevedad."

Considerando 3): "las restantes impugnaciones formuladas por la ANSeS en su memorial ante esta Corte carecen de fundamento, pues no se refieren a aspectos específicos de la sentencia apelada, circunstancias que llevan a declararlas desiertas."

Normas que cita

Fallos que cita

  • Rossello, Josefa EstherCSJN · Fallos 326:3679
  • Buenavida, Julia c/ ANSeS s/ prestaciones variasCSJN · 29/11/2005

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