PINO DE GONZALEZ PERLA c/ CAJA NACIONAL DE PREVISION PARA EL PERSONAL DEL ESTADO Y SERVICIOS PUBLICOS s/REAJUSTE POR MOVILIDAD
Jubilados por la Caja Nacional de Previsión para el Personal del Estado y Servicios Públicos reclamaron el reajuste de sus haberes por movilidad. La Corte Suprema, por mayoría, declaró procedentes los recursos extraordinarios de la ANSeS, revocó las sentencias y admitió la movilidad solo por el período comprendido entre el 11 de abril de 1991 y la entrada en vigencia de la ley 24.241, según el criterio de Chocobar y Cordaro.
¿Quién es el actor?
Pino de González, Perla (y otros actores acumulados en la misma decisión: Reyna de Andrus, Castañares, Colombini, Liljequist, Nardini y Burgos).
¿A quién se demanda?
Caja Nacional de Previsión para el Personal del Estado y Servicios Públicos (y, en algún caso, Caja Nacional de Previsión de la Industria, Comercio y Actividades Civiles; ANSeS como recurrente).
¿Cuál es el objeto del reclamo?
Reajuste de haberes previsionales por movilidad, intereses sobre las diferencias y aplicación del sistema de topes máximos.
¿Qué se resolvió?
Por mayoría, la Corte declaró procedentes los recursos extraordinarios de la ANSeS y revocó las sentencias en cuanto fueran materia de agravios. Admitió la movilidad solo por el período desde el 11 de abril de 1991 hasta la entrada en vigencia de la ley 24.241, según los precedentes citados. Los jueces Fayt, Belluscio, Petracchi y Bossert, en disidencia, se remitieron a sus votos en "Cordaro".
¿Cuáles son los fundamentos principales?
"Que las cuestiones planteadas en las presentes actuaciones son sustancialmente análogas a las examinadas por el Tribunal en la causa C.69.XXV. 'Cordaro, Pascual c/ Caja Nacional de Previsión para el Personal del Estado y Servicios Públicos', fallada el 13 de marzo de 1998, votos concurrentes de los jueces Nazareno, Moliné O'Connor, Boggiano, López y Vázquez, a cuyas consideraciones, en lo pertinente, cabe remitirse por razón de brevedad."
"Que los agravios referentes a la tasa de intereses suscitan el tratamiento de temas similares a los resueltos por la Corte en las causas 'Banco Sudameris' (Fallos: 317:507) y G.602.XXVIII. 'Gil, Arnaldo Vicente c/ INPS-Caja Nacional de Previsión para el Personal del Estado y Servicios Públicos' del 12 de marzo de 1996, de las que resulta el criterio concurrente, adverso a la procedencia del recurso, de los jueces Nazareno, Moliné O'Connor, Belluscio, Petracchi, López, Bossert y Vázquez."
"Que respecto del sistema de topes máximos, cabe remitirse a lo resuelto por el Tribunal, mayoría y votos concurrentes, en las causas 'Del Azar Suaya, Abraham' (Fallos: 320:2039) y B.386.XXVII. 'Beítia, Paulina Araceli c/ Caja Nacional de Previsión de la Industria, Comercio y Actividades Civiles s/ reajustes por movilidad', fallada 31 de octubre de 1997."
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Normas que cita
- Ley 24.241Sistema integrado de jubilaciones y pensiones
Fallos que cita
- ChocobarCSJN · Fallos 319:3241
- Cordaro, PascualCSJN · 13/03/1998
- Banco SudamerisCSJN · Fallos 317:507
- Gil, Arnaldo Vicente c/ INPSCSJN · 12/03/1996
- López, Antonio ManuelCSJN · Fallos 315:1209
- Acopionor SACSJN · Fallos 317:585
- Del Azar Suaya, AbrahamCSJN · Fallos 320:2039
- Beítia, Paulina Araceli c/ Caja Nacional de Previsión de la Industria, Comercio y Actividades CivilesCSJN · 31/10/1997
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