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Corte Suprema

FERNANDEZ GONZALO c/ ESTADO NACIONAL -P.E.N.- MIN. DE TRABAJO -SEC . SEG.SOC. s/OTROS

La parte actora recurrió la reclamación de la ANSeS que le exigía la restitución de haberes previsionales percibidos de buena fe. La Corte Suprema declaró procedente el recurso del actor, desierto el de la ANSeS y revocó la sentencia apelada, siguiendo los precedentes Rossello y Buenavida.

Fecha de la sentencia
Tribunal
CORTE SUPREMA DE JUSTICIA DE LA NACIÓN
Fuero
CORTE SUPREMA DE JUSTICIA DE LA NACIÓN
Jurisdicción
Federal · Ciudad de Buenos Aires
Expediente
F. 841. XXXIX. ROR
Restitucion de beneficio previsional Haberes percibidos de buena fe Cargos previsionales Irrepetibilidad Seguridad social Anses Tasa pasiva de interes Desercion de recurso Precedente rossello Precedente buenavida.

¿Quién es el actor?

Gonzalo Fernández.

¿A quién se demanda?

Estado Nacional - P.E.N. - Ministerio de Trabajo - Secretaría de Seguridad Social (ANSeS).

¿Cuál es el objeto del reclamo?

restitución de beneficio previsional, es decir, la devolución de haberes percibidos de buena fe.

¿Qué se resolvió?

se declaró procedente el recurso ordinario de la parte actora, se declaró desierto el recurso de la ANSeS y se revocó la sentencia apelada, con el alcance fijado en los precedentes "Rossello" (Fallos: 326:3679) y "Buenavida" (causa B.699.XLI, del 29 de noviembre de 2005).

¿Cuáles son los fundamentos principales?

"Que las objeciones de la parte actora vinculadas con la improcedencia de formularle cargos por haberes percibidos de buena fe son sustancialmente análogas a las analizadas por el Tribunal en el precedente publicado en Fallos: 326:3679 ("Rossello") y en la causa B.699.XLI. "Buenavida, Julia c/ ANSeS s/ prestaciones varias", del 29 de noviembre de 2005, a cuyas consideraciones, en lo pertinente, corresponde remitir por razón de brevedad."

"Que las críticas esgrimidas por la Administración Nacional de la Seguridad Social respecto a una presunta aplicación de la tasa pasiva de interés, no guardan relación alguna con la sentencia apelada, circunstancia que obsta al tratamiento del remedio intentado y lleva a declarar su deserción."

Por ello, se declara procedente el recurso ordinario interpuesto por la parte actora, desierto el de la ANSeS y se revoca la sentencia apelada con el alcance que surge de los antecedentes "Rossello" y "Buenavida" citados.

Fallos que cita

  • RosselloCSJN · Fallos 326:3679
  • Buenavida, Julia c/ ANSeS s/ prestaciones variasCSJN · 29/11/2005

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