QUADRELLI MARTA SUSANA c/ INPS-CAJA NAC DE PREV DE LA INDUSTRIA,COM Y A CT CIVILES s/
Marta Susana Quadrelli y Elsa Baldoni reclamaron el reajuste por movilidad de sus haberes previsionales frente a la Caja Nacional de Previsión y la ANSeS. La Corte Suprema, por mayoría, revocó las sentencias apeladas, admitió la movilidad para el período comprendido entre el 11 de abril de 1991 y la entrada en vigencia de la ley 24.241 según el criterio de Chocobar y De Barrio, y dejó sin efecto lo resuelto en cuanto a la tasa de intereses y el sistema de topes.
¿Quién es el actor?
Marta Susana Quadrelli (en autos conexos, Elsa Baldoni).
¿A quién se demanda?
INPS-Caja Nacional de Previsión de la Industria, Comercio y Actividades Civiles; Caja Nacional de Previsión para el Personal del Estado y Servicios Públicos; ANSeS (recurrente).
¿Cuál es el objeto del reclamo?
reajustes por movilidad de haberes jubilatorios.
¿Qué se resolvió?
por mayoría, declarar procedentes los recursos extraordinarios de la ANSeS y revocar las sentencias en cuanto fueran materia de agravios. Se admite la movilidad por el período 11/04/1991 hasta la vigencia de la ley 24.241, conforme "Chocobar" y "De Barrio". Los agravios sobre tasa de intereses se resuelven remitiendo a "Banco Sudameris" (Fallos: 317:507) y "Gil" (12/03/1996), con criterio adverso a la procedencia del recurso. Respecto del sistema de topes, se remite a "Del Azar Suaya" (Fallos: 320:2039) y "Beitía" (31/10/1997).
¿Cuáles son los fundamentos principales?
"Las cuestiones planteadas en las presentes actuaciones son sustancialmente análogas a las examinadas por el Tribunal en la causa D.363.XXV. 'De Barrio, Elvira Carmen c/ Caja Nacional de Previsión para el Personal del Estado y Servicios Públicos', fallada el 13 de agosto de 1998, votos concurrentes de los jueces Nazareno, Moliné O'Connor, Boggiano, López y Vázquez, a cuyas consideraciones, en lo pertinente, cabe remitirse por razón de brevedad."
"Que los agravios referentes a la tasa de intereses suscitan el tratamiento de temas similares a los resueltos por la Corte en las causas 'Banco Sudameris' (Fallos: 317:507) y G.602.XXVIII. 'Gil, Arnaldo Vicente c/ INPS-Caja Nacional de Previsión para el Personal del Estado y Servicios Públicos' del 12 de marzo de 1996, de las que resulta el criterio concurrente, adverso a la procedencia del recurso, de los jueces Nazareno, Moliné O'Connor, Belluscio, Petracchi, López, Bossert y Vázquez."
"Que respecto del sistema de topes máximos, cabe remitirse a lo resuelto por el Tribunal en las causas 'Del Azar Suaya' (Fallos: 320:2039) y B.386.XXVII. 'Beitía, Paulina Araceli c/ Caja Nacional de Previsión de la Industria, Comercio y Actividades Civiles s/ reajustes por movilidad', fallada con fecha 31 de octubre de 1997."
¿Cómo votaron los jueces?
los jueces Fayt, Belluscio, Petracchi y Bossert se remiten a sus disidencias en "De Barrio" (no constituyen la decisión del tribunal).
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Normas que cita
- Ley 24.241Sistema integrado de jubilaciones y pensiones
Fallos que cita
- ChocobarCSJN · Fallos 319:3241
- De Barrio, Elvira Carmen c/ Caja Nacional de Previsión para el Personal del Estado y Servicios PúblicosCSJN · 13/08/1998
- Banco SudamerisCSJN · Fallos 317:507
- Gil, Arnaldo Vicente c/ INPS-Caja Nacional de Previsión para el Personal del Estado y Servicios PúblicosCSJN · 12/03/1996
- López, Antonio ManuelCSJN · Fallos 317:1209
- Acopionor S.A.CSJN · Fallos 317:585
- Del Azar SuayaCSJN · Fallos 320:2039
- Beitía, Paulina Araceli c/ Caja Nacional de Previsión de la Industria, Comercio y Actividades Civiles s/ reajustes por movilidadCSJN · 31/10/1997
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