DESCALZO DE GIRARDI SARA AMELIA c/ INSTITUTO MUNICIPAL DE PREVISION SOCIAL s/MUNICIPALES
Un jubilado promovió reajuste de su haber por movilidad, con la discusión sobre tasa de intereses y sistema de topes máximos. La Corte Suprema, por mayoría, declaró procedentes los recursos extraordinarios de la ANSeS, revocó las sentencias apeladas y admitió la movilidad del período comprendido entre el 11 de abril de 1991 y la entrada en vigencia de la ley 24.241, según el criterio de Chocobar y Cordaro.
¿Quién es el actor?
Sara Amelia Descalzo de Girardi (y, en la causa acumulada, Isis Taricano).
¿A quién se demanda?
Instituto Municipal de Previsión Social; en la causa acumulada, INPS-Caja Nacional de Previsión de la Industria, Comercio y Actividades Civiles. La ANSeS interpuso los recursos extraordinarios.
¿Cuál es el objeto del reclamo?
Reajuste de haberes previsionales por movilidad, con cuestiones sobre la tasa de intereses y sobre el sistema de topes máximos.
¿Qué se resolvió?
Por mayoría, con el alcance de las consideraciones, se declararon procedentes los recursos extraordinarios de la ANSeS y se revocaron las sentencias en cuanto fueran materia de agravios. Respecto de la movilidad entre el 11/04/1991 y la vigencia de la ley 24.241, se la admitió por ese período según "Chocobar" y "Cordaro". Los jueces Fayt, Petracchi y Bossert se remitieron a sus disidencias en "Cordaro".
¿Cuáles son los fundamentos principales?
La Corte remite, por razones de brevedad, a las consideraciones de los votos concurrentes de "Cordaro" (13/03/1998), cuyas cuestiones describe como sustancialmente análogas. Sobre la tasa de intereses, sigue el criterio de "Banco Sudameris" (Fallos: 317:507) y "Gil" (12/03/1996), con voto adverso a la procedencia de los agravios de los jueces Nazareno, Moliné O'Connor, Petracchi, López, Bossert y Vázquez. Sobre el sistema de topes máximos, remite a "Del Azar Suaya" (Fallos: 320:2039) y "Beitía" (31/10/1997).
Nota: la transcripción textual de los considerandos no fue incluida en el documento provisto; los fundamentos se consignan según el texto de la sentencia suministrado.
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Normas que cita
- Ley 24.241Sistema integrado de jubilaciones y pensiones
Fallos que cita
- CORDARO, PASCUAL c/ CAJA NACIONAL DE PREVISIÓN PARA EL PERSONAL DEL ESTADO Y SERVICIOS PÚBLICOSCSJN · 13/03/1998
- BANCO SUDAMERISCSJN · Fallos 317:507
- GIL, ARNALDO VICENTE c/ INPS-CAJA NACIONAL DE PREVISIÓN PARA EL PERSONAL DEL ESTADO Y SERVICIOS PÚBLICOSCSJN · 12/03/1996
- LOPEZ, ANTONIO MANUELCSJN · Fallos 315:1209
- ACOPIONOR SACSJN · Fallos 317:585
- DEL AZAR SUAYA, ABRAHAMCSJN · Fallos 320:2039
- BEITÍA, PAULINA ARACELI c/ CAJA NACIONAL DE PREVISIÓN DE LA INDUSTRIA, COMERCIO Y ACTIVIDADES CIVILESCSJN · 31/10/1997
- CHOCOBARCSJN · Fallos 319:3241
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