CANO DE BESOZZI AURELIA FLORENCIA c/ INSTITUTO MUNICIPAL DE PREVISION SOCIAL Y OTRO s/MUNICIPALES
La Corte Suprema dejó sin efecto los fallos recurridos por Aurelia Florencia Cano de Besozzi y Carmen Elsa Somma de Amicucci contra el Instituto Municipal de Previsión Social, y ordenó dictar nuevo pronunciamiento conforme al precedente Palmucci de López. Tres ministros votaron en disidencia, por considerar inadmisibles los recursos extraordinarios.
¿Quién es el actor?
Aurelia Florencia Cano de Besozzi y Carmen Elsa Somma de Amicucci (recurrentes).
¿A quién se demanda?
Instituto Municipal de Previsión Social.
¿Cuál es el objeto del reclamo?
Cuestiones previsionales vinculadas al régimen del Instituto Municipal de Previsión Social; el fallo no detalla el objeto específico del reclamo.
¿Qué se resolvió?
Por mayoría, se declararon procedentes los recursos extraordinarios, se dejaron sin efecto los fallos en cuanto fueron materia de agravios y se devolvieron los autos al tribunal de origen para un nuevo pronunciamiento. Se agregaron las quejas a los principales.
¿Cuáles son los fundamentos principales?
"Que los agravios de los apelantes remiten al examen de cuestiones sustancialmente análogas a las resueltas por esta Corte en la causa P.834.XXXI. 'Palmucci de López, Matilde Ernestina c/ Instituto Municipal de Previsión Social s/ municipalidades' fallada el 16 de septiembre de 1999, a cuyas consideraciones cabe remitirse por razón de brevedad."
"Por ello, se declaran procedentes los recursos extraordinarios y se dejan sin efecto los fallos en cuanto fueron materia de agravios. Vuelvan los autos -con copia del precedente citado- al tribunal de origen para que, por quien corresponda, se dicte nuevo pronunciamiento con arreglo a lo expresado."
¿Cómo votaron los jueces?
"Que los recursos extraordinarios, cuya denegación origina estas quejas son inadmisibles (art. 280 del Código Procesal Civil y Comercial de la Nación). Por ello, se desestiman las quejas."
Ver el fallo completo
Dejá tu email y te mostramos la sentencia completa.
Normas que cita
- CPCCNart. 280 · Codigo procesal civil y comercial de la nacion
Fallos que cita
- Palmucci de López, Matilde Ernestina c/ Instituto Municipal de Previsión Social s/ municipalidadesCSJN · 16/09/1999
El resumen se genera automáticamente con fines informativos: no es información oficial ni opinión legal, y no reemplaza la lectura del fallo completo. Para cualquier decisión, consultá la sentencia original con un profesional.
Encontrá la jurisprudencia para tu caso
Buscá en los fallos de JurisprudenciaARG por tema, tribunal y fecha. Creá tu cuenta para empezar.